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Un impuesto de Canarias

Impuesto canario sobre el tabaco

Impuesto sobre las Labores del Tabaco (Canarias)

El impuesto que Canarias cobra por el tabaco, los líquidos de vapeo y las bolsas de nicotina en lugar del impuesto estatal. Va dentro del precio.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Lo ingresan los fabricantes, los titulares de depósitos y los importadores, que están obligados a trasladarlo al comprador.
  • Lo pagas tú en el precio.

Qué grava: fabricar o importar en Canarias cigarrillos, cigarros, picadura, tabaco calentado y los demás tabacos. También los líquidos para cigarrillos electrónicos y las bolsas de nicotina, que la ley trata como labores del tabaco.

Quién no paga o paga menos

  • La fabricación de cigarros y cigarritos hechos a mano, y la de los mecanizados de capa natural, cuando llevan el precinto de la marca de garantía «Cigarros de Canarias».
  • El tabaco que llevan los viajeros mayores de 18 años dentro de los límites que fija la norma, y los pequeños envíos ocasionales entre particulares.
  • El tabaco de las tiendas libres de impuestos que el viajero se lleva a un país de fuera de la UE.
Un caso más El tabaco que se exporta
  • El tabaco que se exporta: da derecho a recuperar lo pagado.

Cuánto se paga

Una tarifa con ocho epígrafes, casi todos de cantidad fija. Los cigarrillos pagan 39 € por cada 1.000, que son 78 céntimos por cajetilla de 20. Si su precio medio de venta queda por debajo de 100 € por cada 1.000, pagan 66 € por cada 1.000. Sobre el tabaco se aplican además el IGIC, al 20 % salvo en cigarros y cigarritos, y el AIEM si es importado.

Un ejemplo

Una cajetilla de 20 cigarrillos lleva 78 céntimos de este impuesto. Con el impuesto estatal de la Península, el mínimo por cajetilla es de 3 €.

La tabla completa (9 filas) Tarifa del impuesto canario sobre las labores del tabaco
Tarifa del impuesto canario sobre las labores del tabaco
Producto Tipo
Cigarrillos 39 € por cada 1.000 (66 € si el precio medio es inferior a 100 € por cada 1.000)
Picadura para liar 44 € por kilo (70 € si el precio medio es inferior a 119 € por kilo)
Cigarros y cigarritos 4 % del precio
Las demás labores para fumar 10 % del precio
Tabaco calentado 44 € por kilo
Tabacos de consumo sin combustión 44 € por kilo
Líquidos de vapeo sin nicotina o con 15 mg o menos por mililitro 0,075 € por mililitro
Líquidos de vapeo con más de 15 mg de nicotina por mililitro 0,10 € por mililitro
Bolsas de nicotina 26 € por kilo

Artículo 12 de la Ley 1/2011 de Canarias, según el texto consolidado con la última modificación publicada el 29 de diciembre de 2025.

Dónde cambia

Solo se aplica en Canarias, donde ocupa el lugar del impuesto estatal sobre las labores del tabaco. En la Península y Baleares rige el impuesto estatal, y en Ceuta y Melilla, un gravamen complementario del IPSI.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

No haces ningún trámite: va en el precio. Los fabricantes y los depósitos lo declaran e ingresan ante la Agencia Tributaria Canaria; en las importaciones se liquida con el IGIC.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria Canaria, para la Comunidad Autónoma de Canarias
Desde cuándo
Lo creó la Ley 1/2011, de 21 de enero. La tarifa vigente es la de la última modificación, publicada el 29 de diciembre de 2025.

Preguntas frecuentes

¿Por qué el tabaco cuesta menos en Canarias?

Porque no paga el impuesto estatal ni el IVA. Paga el impuesto canario, de 78 céntimos por cajetilla de 20 frente al mínimo de 3 € del estatal, más el IGIC del 20 % y, si es importado, el AIEM.

Sí entra en la calculadora

En la calculadora Si indicas que fumas y vives en Canarias; solo el impuesto por cajetilla, sin el tipo de las marcas más baratas.

La partida en la que aparece

Estimación Lo que paga en una vida una persona con el salario medio. Euros y normas de 2026 Fuente: cálculo propio

Lo que recauda

Recaudación en 2025
134,9 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
60 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

4 fuentes oficiales BOE · Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.

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