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Calculadora del impuesto de sucesiones 2026 ¿Cuánto se paga por una herencia?

Escribe lo que heredas, de quién y en qué comunidad vivía la persona fallecida, y verás el impuesto de sucesiones de 2026 con todas sus reducciones: la de parentesco, la de la vivienda habitual, la de los seguros de vida, la de la edad y la de discapacidad.

€

Tu parte de la herencia, no el total, menos tu parte de las deudas de la persona fallecida y de los gastos de última enfermedad, entierro y funeral, que se restan. Los inmuebles, por su valor de referencia de Catastro. Sin los seguros de vida: van aparte.

El parentesco decide la reducción, la tarifa y la bonificación. Hermanos, tíos, sobrinos y personas sin parentesco pagan bastante más.

años

Con menos de 21 años, un hijo o un nieto es del grupo I y tiene una reducción mayor. Algunas comunidades rebajan también a quien tiene 75 años o más.

Donde vivía la persona fallecida (donde vivió más días de sus cinco últimos años), no donde vives tú.

Su vivienda habitual

Casi todas las comunidades reducen entre el 95 % y el 100 % de su valor, con un límite por heredero.

Afina el cálculo Ahora: sin seguros de vida, patrimonio previo de hasta 400.000 €, sin discapacidad, sin empresa familiar, sin ajuar.
€

Los de la persona fallecida. Tributan aquí, con una reducción propia para cónyuge, padres e hijos.

Ahora usamos: 0 €.

€

Lo que ya tenías menos lo que debías. Solo cambia la cuenta si es grande.

Ahora usamos: no más de 403.000 €, que es hasta donde la tarifa no lleva recargo.

¿Tienes una discapacidad reconocida?
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El valor de un negocio o de participaciones exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio, dentro de lo que heredas. Reducen del 95 % al 100 % si se mantienen varios años.

Ahora usamos: 0 €.

La ley lo presume salvo que se pruebe que vale menos.

€

Su valor de referencia de Catastro. El registro cobra por cada inmueble: si heredas varios, escribe el de uno.

Ahora usamos: las normas de 2026 de la comunidad donde vivía la persona fallecida o de su norma foral: si no cambias nada, un hijo de 30 años que hereda de su padre o su madre, sin vivienda habitual del fallecido, seguros de vida ni empresa familiar, sin discapacidad y con un patrimonio previo de hasta 400.000 €.

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Copia el código y pégalo donde quieras que salga: la misma calculadora, sin publicidad ni cookies y con un enlace a esta página. Así se ve.

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Puedes cambiar el alto (height) para que quepa sin desplazarse. Las condiciones, en el aviso legal.

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

Es el impuesto que pagas al recibir una herencia. Depende de cuánto recibes, de tu parentesco con la persona fallecida y de la comunidad autónoma.

Quién lo paga
Quien recibe: cada heredero por su parte, quien recibe la donación o el beneficiario del seguro.
Quién lo cobra
La comunidad autónoma, que recibe toda la recaudación y decide reducciones, tarifa y bonificaciones. En una herencia cobra la comunidad donde residía la persona fallecida, no la del heredero.
Cuándo se paga
Lo declaras y lo pagas tú con una autoliquidación (modelo 650 en herencias y 651 en donaciones) ante la hacienda de la comunidad que corresponda.

Ficha completa Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Las reglas de 2026, las cifras y las fuentes.

Cómo se calcula

Se parte de lo que te toca, con los inmuebles por su valor de referencia de Catastro, menos tu parte de las deudas de la persona fallecida y de los gastos de última enfermedad, entierro y funeral. Se suman lo que cobras de sus seguros de vida y, salvo que se pruebe otra cosa, el ajuar doméstico: el 3 % de lo heredado.

Las reduccionesA eso se le restan las reducciones.

A eso se le restan las reducciones. La de parentesco estatal es de 15.956,87 € para hijos de 21 años o más, cónyuge y padres, más 3.990,72 € por cada año que le falte a un hijo para los 21, y de 7.993,46 € para hermanos, tíos y sobrinos; muchas comunidades la han subido.

15.956,87 €

es la reducción estatal de parentesco para hijos de 21 años o más, cónyuge y padres; muchas comunidades la han subido.

Además, la de la vivienda habitual del fallecido (95 % hasta 122.606,47 € con la norma estatal, y más en casi todas las comunidades), la de los seguros de vida, la de discapacidad y la de la empresa familiar.

La tarifa, el coeficiente y la bonificaciónAl resto se le aplica la tarifa.

Al resto se le aplica la tarifa. La estatal tiene 16 tramos y va del 7,65 % al 34 %; Andalucía, Asturias, Illes Balears, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y País Vasco tienen la suya, y la calculadora la aplica.

El resultado se multiplica por un coeficiente según el parentesco: 1 para el primer grupo, 1,5882 para hermanos, tíos y sobrinos, y 2 para los demás. Ese coeficiente sube si quien hereda ya tenía un patrimonio de más de 402.678 €.

Por último se descuenta la bonificación de la comunidad, que en varias llega al 99 % o al 99,9 % o al 100 % de la cuota para hijos, cónyuge y padres.

Navarra y el País VascoNavarra y los tres territorios del País Vasco tienen su propia norma, con otras reducciones y otras tarifas…

Navarra y los tres territorios del País Vasco tienen su propia norma, con otras reducciones y otras tarifas: la calculadora aplica la de Navarra y la del territorio vasco que elijas. Se aplica la norma del lugar donde vivía la persona fallecida, no la del lugar donde vive quien hereda.

Además del impuesto, el resultado suma lo que se paga una vez al aceptar la herencia: los certificados de últimas voluntades y de seguros de cobertura de fallecimiento, con sus tasas del Ministerio de Justicia; la notaría de tu parte, con el arancel de los notarios sobre todo lo que se te adjudica; y el registro de un inmueble, si escribes su valor.

Si heredas un inmueble, el ayuntamiento cobra además la plusvalía municipal; si luego lo vendes, la ganancia se mide desde el valor declarado en la herencia (IRPF de la venta de una vivienda). Lo que se da en vida tiene su calculadora del impuesto de donaciones.

La misma herencia en cada comunidad

Impuesto de sucesiones de 2026 con la reducción por parentesco y la bonificación general de cada comunidad.

Impuesto de sucesiones por comunidad autónoma para tres herencias, 2026
Comunidad 150.000 € de padres a hijo 500.000 € de padres a hijo 150.000 € de un hermano
Andalucía 0 € 0 € 29.730 €
Aragón 0 € 0 € 31.394 €
Asturias 0 € 48.620 € 31.375 €
Illes Balears 0 € 0 € 10.040 €
Canarias 16,94 € 103,89 € 31,01 €
Cantabria 0 € 0 € 15.696 €
Castilla y León 0 € 124,15 € 31.394 €
Castilla-La Mancha 0 € 21.204 € 31.394 €
Cataluña 1.458 € 27.930 € 21.631 €
Comunitat Valenciana 49,76 € 817,63 € 23.703 €
Extremadura 0 € 0 € 31.394 €
Galicia 0 € 0 € 26.343 €
Comunidad de Madrid 182,56 € 1.059 € 15.685 €
Región de Murcia 182,78 € 1.077 € 31.394 €
Navarra 0 € 5.000 € 24.234 €
País Vasco: Álava 0 € 1.500 € 12.799 €
País Vasco: Bizkaia 0 € 1.500 € 12.441 €
País Vasco: Gipuzkoa 0 € 1.500 € 16.680 €
La Rioja 182,78 € 1.060 € 31.394 €
Ceuta 182,78 € 1.060 € 15.697 €
Melilla 182,78 € 1.060 € 15.697 €

Estimación Normas de 2026 · Heredero de 21 años o más con patrimonio previo de hasta 402.678 € · Tarifa propia en Andalucía, Asturias, Illes Balears, Cataluña, Comunitat Valenciana, Galicia, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y País Vasco; en las demás, la estatal · Navarra y cada territorio del País Vasco, con su norma foral Fuente: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026», capítulo IV (medidas vigentes por comunidad): Impuesto sobre el Patrimonio e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Heredar la casa de los padres Un hijo de 40 años hereda 400.000 € con la vivienda de sus padres: la reducción y lo que paga, comunidad a comunidad
Impuesto de sucesiones de un hijo de 40 años que hereda 400.000 €, de los que 250.000 € son la vivienda habitual de su padre o su madre, 2026
Comunidad Reducción por la vivienda Sin contar la vivienda Con la reducción
Andalucía 99 %, sin límite 0 € 0 €
Aragón 100 %, hasta 200.000 € 0 € 0 €
Asturias 95 % a 99 %, hasta 122.606,47 € 23.120 € 0 €
Illes Balears 100 %, hasta 331.859,70 € 0 € 0 €
Canarias 99 %, de hasta 200.000 € de valor 75,07 € 27,15 €
Cantabria 95 %, hasta 125.000 € 0 € 0 €
Castilla y León 95 %, hasta 122.606,47 € 0 € 0 €
Castilla-La Mancha 95 %, hasta 122.606,47 € 15.380 € 4.563 €
Cataluña 95 %, hasta 500.000 € entre todos 19.000 € 2.316 €
Comunitat Valenciana 95 %, hasta 150.000 € 558,78 € 213,94 €
Extremadura 95 %, hasta 122.606,47 € 0 € 0 €
Galicia 95 % a 99 %, hasta 600.000 € 0 € 0 €
Comunidad de Madrid 95 %, hasta 123.000 € 768,51 € 454,86 €
Región de Murcia 95 %, hasta 122.606,47 € 768,98 € 456,33 €
Navarra No tiene 3.000 € 3.000 €
País Vasco: Álava 95 %, hasta 212.242 €, si se convivió 0 € 0 €
País Vasco: Bizkaia 95 %, hasta 215.000 €, si se convivió 0 € 0 €
País Vasco: Gipuzkoa 95 %, hasta 220.000 €, si se convivió 0 € 0 €
La Rioja 95 %, hasta 122.606,47 € 768,98 € 456,33 €
Ceuta 95 %, hasta 122.606,47 € 768,98 € 456,33 €
Melilla 95 %, hasta 122.606,47 € 768,98 € 456,33 €

Estimación Normas de 2026 · Un solo heredero de la vivienda, que la mantiene el plazo que pide su comunidad · En el País Vasco, con dos años de convivencia en ella, que es lo que pide la norma foral Fuente: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026», capítulo IV (medidas vigentes en cada comunidad), actualizado a 23-9-2026

Qué no tiene en cuenta

La calculadora recoge el parentesco, la edad, la discapacidad, el patrimonio previo, la vivienda habitual del fallecido, los seguros de vida, la empresa familiar y el ajuar. No recoge:

  • Los requisitos de cada reducción que no son una cifra: mantener la vivienda o la empresa los años que pide cada comunidad, que la empresa estuviera exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio, el domicilio de la empresa. Se aplican como si se cumplieran.
  • Las reducciones por explotaciones agrarias, bienes del patrimonio histórico o natural, y la de los bienes que ya pagaron este impuesto en otra herencia de los diez años anteriores.
5 cosas másEn Aragón, los 150.000 € más por cada hijo menor; Cuñados, suegros, yernos y nueras (grupo III por afinidad)…
  • En Aragón, los 150.000 € más por cada hijo menor que conviva con el cónyuge; en Illes Balears, el límite más alto de la vivienda en Ibiza y Formentera (378.211,68 €: aquí se usa el de Mallorca y Menorca, 331.859,70 €); en Navarra, el 0,8 % de la vivienda heredada por hermanos que convivían con el fallecido.
  • Cuñados, suegros, yernos y nueras (grupo III por afinidad), que en algunas comunidades tienen otro coeficiente u otra bonificación; aquí el grupo III es el de hermanos, tíos y sobrinos de sangre.
  • Las donaciones del mismo donante en los cuatro años anteriores, que se suman a la herencia para calcular el tipo.
  • El reparto de la herencia entre herederos (usufructo del cónyuge, nuda propiedad) y la tasación de cada bien: escribe tu parte ya valorada.
  • La plusvalía municipal de los inmuebles heredados y los gastos de notaría y registro.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga un hijo por heredar 150.000 €?

Depende de la comunidad. Con las reducciones y bonificaciones generales de 2026, en 13 de las 21 comunidades, ciudades autónomas y territorios forales no paga nada o menos de un euro, y donde más, 1.458 € (Cataluña). Con la norma estatal, sin reducciones ni bonificaciones autonómicas, serían 18.278 €.

¿Cuánto se paga por heredar la casa de mis padres en Andalucía?

Casi siempre nada. Andalucía reduce 1.000.000 € a hijos y cónyuge, reduce el 99 % del valor de la vivienda habitual del fallecido sin límite si se mantiene tres años, y bonifica el 99 % de la cuota. Un hijo que hereda 400.000 €, de los que 250.000 € son la casa, paga 0 €. Lo que puede tocar pagar es la plusvalía municipal, si el suelo ha ganado valor desde que lo compraron.

¿Qué reducción tiene la vivienda habitual en una herencia?

Con la norma estatal, el 95 % de su valor, hasta 122.606,47 € por heredero, para el cónyuge, los ascendientes y los descendientes (o un pariente de más de 65 años que conviviera con el fallecido), si se mantiene diez años. Muchas comunidades la mejoran. En Andalucía, 99 %, sin límite; en Illes Balears, 100 %, hasta 331.859,70 €; en la Comunitat Valenciana, 95 %, hasta 150.000 €; en Galicia, 95 % a 99 %, hasta 600.000 €. En el País Vasco es para quien convivía con el fallecido en ella.

¿Los seguros de vida pagan impuesto de sucesiones?

Sí: lo que cobra el beneficiario se suma a su herencia. Cónyuge, hijos y padres tienen una reducción del 100 % hasta 9.195,49 € con la norma estatal, que algunas comunidades suben: de un seguro de 60.000 €, en Cataluña se reducen 25.000 € y en Cantabria, 50.000 €. En el País Vasco la reducción del cónyuge y los hijos llega a 400.000 €; en Navarra no hay.

¿Y si quien hereda es menor de 21 años?

Es del grupo I y tiene más reducción: la estatal suma 3.990,72 € por cada año que le falta para los 21, hasta 47.858,59 €, y varias comunidades la suben mucho más. Por 300.000 €, un hijo de 15 años paga 452,31 € en la Comunidad de Madrid y 362,40 € en Cataluña (con 30 años, 513,51 € y 10.350 €). En Asturias el grupo I no paga si su patrimonio no pasa de 402.678,11 €.

¿Y si se hereda de un hermano o de un tío?

Se paga más: la reducción estatal es menor (7.993,46 € frente a 15.956,87 €), la cuota se multiplica por 1,5882 y pocas comunidades la bonifican. Por 150.000 €, con la norma estatal salen 31.394 €.

¿Qué comunidad cobra el impuesto de sucesiones?

La de la residencia habitual de la persona fallecida: donde vivió más días de los cinco años anteriores a su muerte. Da igual dónde vivan los herederos o dónde estén los bienes. Si residía en el País Vasco o en Navarra, se aplica su norma foral.

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Fuentes

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  • Dato oficial 17 fuentes oficiales
  • Estudio 1 estudio de terceros
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