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Calculadora de la pensión de jubilación 2026 ¿Cuánto cobraré de pensión de jubilación?

Escribe tu sueldo medio y tus años cotizados y verás la pensión de jubilación que da la ley con las reglas de 2026: a tu edad ordinaria, antes o más tarde, con sus topes y complementos, y lo que te queda después del IRPF.

¿Cuándo te jubilas?

La edad ordinaria en 2026: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados; si no, 66 años y 10 meses.

€ al año

Al año y en euros de hoy: la Seguridad Social sube las bases antiguas con el IPC. Lo que pase de 61.214 € no cotiza.

años

Años completos. Están en tu informe de vida laboral.

meses

Los que pasan de los años completos, de 0 a 11: la edad ordinaria cambia a los 38 años y 3 meses, y los recortes, a los 38 años y 6 meses.

Tu hogar

Decide tu pensión mínima, si la tuya no llega.

Hijos por los que cobras el complemento

36,90 € al mes por hijo. Lo cobra, por cada hijo, el progenitor con la pensión más baja: si es el otro, deja 0.

Donde vivirás: cambia el IRPF de tu pensión.

Ahora usamos: las reglas de 2026 del Régimen General (asalariados) en euros de hoy: tu sueldo medio de los últimos 25 años es tu base de cotización, con el tope de la base máxima; los años que escribes son de cotización efectiva y seguida hasta el día en que te jubilas; sin otras rentas que impidan el complemento hasta la mínima, y el IRPF de un año entero cobrando la pensión como único ingreso.

No guardamos lo que escribes: la cuenta la hace nuestro servidor al momento, sin guardarlo ni registrarlo.

Ponla en tu web

Esta calculadora, en tu web

Copia el código y pégalo donde quieras que salga: la misma calculadora, sin publicidad ni cookies y con un enlace a esta página. Así se ve.

<iframe src="https://todoloquepagas.com/insertar/calculadora/pension-de-jubilacion/" title="Calculadora de la pensión de jubilación 2026, de todoloquepagas" width="100%" height="900" style="border:0;max-width:1000px" loading="lazy"></iframe>

Puedes cambiar el alto (height) para que quepa sin desplazarse. Las condiciones, en el aviso legal.

¿Qué IRPF paga la pensión de jubilación?

La pensión de jubilación que da la ley con tu sueldo y tus años cotizados, según cuándo te jubiles, y lo que te queda de ella después del IRPF.

La pensión de jubilación paga IRPF igual que un salario. La Seguridad Social te descuenta una parte cada mes al pagártela y la declaración anual ajusta la cuenta.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria; la Seguridad Social hace el descuento al pagarte la pensión.
Cuándo se paga
Al año siguiente presentas la declaración (modelo 100), que compara lo adelantado con la cuota real: pagas la diferencia o te la devuelven.

Ficha completa IRPF de la pensión Las reglas de 2026, las cifras y las fuentes.

Cómo se calcula

La pensión de jubilación sale de dos cosas: lo que cotizaste en los últimos 25 años (la base reguladora) y cuántos años cotizaste en toda tu vida (el porcentaje). Después se ajusta si te jubilas antes o más tarde, se le ponen los topes y se le suman los complementos.

La base reguladoraEs la media de tus bases de cotización de los últimos 25 años, repartida en 14 pagas…

Es la media de tus bases de cotización de los últimos 25 años, repartida en 14 pagas: la suma de 300 bases mensuales entre 350 (con la regla de 2026, 302 entre 352,33, que da lo mismo). Para quien trabaja por cuenta ajena, la base es el sueldo bruto, con un tope de 61.214 € al año. La Seguridad Social sube con el IPC las bases antiguas, salvo las de los dos últimos años: por eso se escribe el sueldo medio en euros de hoy.

El porcentaje por años cotizadosCon 15 años cotizados, el 50 % de la base reguladora…

Con 15 años cotizados, el 50 % de la base reguladora; cada mes de más suma un 0,21 % durante 49 meses y un 0,19 % después, hasta el 100 % con 36 años y 6 meses.

Antes o más tardeSi te jubilas antes, se resta un porcentaje por cada mes de adelanto, según tus años cotizados (las tablas, arriba).

Si te jubilas antes, se resta un porcentaje por cada mes de adelanto, según tus años cotizados (las tablas, arriba). Si te jubilas más tarde, cada año completo suma un 4 % de porcentaje, aunque pases del 100 %; y desde el segundo año, un 2 % por más de 6 meses.

Topes y complementosLa pensión no puede pasar de la máxima, 3.360 € al mes en 2026…

La pensión no puede pasar de la máxima, 3.360 € al mes en 2026; en la jubilación anticipada por causa ajena, de la máxima rebajada un 0,5 % por trimestre de adelanto. Si no llega a la mínima, se completa hasta ella, como mucho con 8.803 € al año (14.965 € con cónyuge a cargo). Por cada hijo, hasta 4, el progenitor con la pensión más baja cobra 36,90 € al mes, aunque pase de la máxima.

2.143 €

es la pensión bruta de cada paga con 30.000 € de sueldo medio y 38 años cotizados, a los 66 años y 10 meses. Tras el IRPF quedan 1.776 € al mes.

El IRPF es el de la calculadora del IRPF de la pensión, por un año entero cobrando la pensión como único ingreso. Allí puedes sumar otra pensión y los datos de tu familia.

¿Han subido las pensiones más que los precios?

Según tu sueldo y tus años cotizados

La pensión bruta de cada paga a la edad ordinaria, con las reglas de 2026, sin pareja y con el complemento hasta la mínima cuando la pensión no llega.

Pensión bruta de cada paga a la edad ordinaria, por sueldo medio de los últimos 25 años y años cotizados (2026, en 14 pagas)
Sueldo medio al año 20 años cotizados 30 años cotizados 37 años cotizados
15.000 € 936 € 936 € 1.071 €
20.000 € 936 € 1.217 € 1.429 €
25.000 € 1.114 € 1.521 € 1.786 €
30.000 € 1.337 € 1.825 € 2.143 €
40.000 € 1.782 € 2.434 € 2.857 €
50.000 € 2.228 € 3.042 € 3.360 €
61.214 € (base máxima) 2.728 € 3.360 € 3.360 €

Con 30.000 € de sueldo medio y 40 años cotizados a la edad ordinaria (65 años), la pensión bruta de cada paga según cuándo te jubiles:

  • 4 años antes, por causa ajena 1.483 €
  • 2 años antes, por voluntad propia 1.693 €
  • 1 año antes, por voluntad propia 2.030 €
  • A la edad ordinaria 2.143 €
  • 1 año después 2.229 €
  • 2 años después 2.314 €

Estimación Reglas de 2026 · Régimen General, sin pareja · Cada año que sigues trabajando es un año más cotizado · Sin el IRPF Fuente: cómo se calcula

Usa este gráfico

Descárgalo para tu web, un medio o tus redes

Puedes reproducirlo si dices de dónde sale: «Fuente: cálculo de todoloquepagas.com con la Ley General de la Seguridad Social. Gráfico: todoloquepagas.com». Las condiciones, en el aviso legal.

Coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria Lo que se resta por cada mes antes de la edad ordinaria, según los años cotizados
Recorte de la pensión por jubilarse antes por voluntad propia, según los meses de adelanto y los años cotizados (art. 208 de la Ley General de la Seguridad Social)
Meses antes Menos de 38 años y 6 meses De 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses De 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses 44 años y 6 meses o más
24 meses 21 % 19 % 17 % 13 %
23 meses 17,6 % 16,5 % 15 % 12 %
22 meses 14,67 % 14 % 13,33 % 11 %
21 meses 12,57 % 12 % 11,43 % 10 %
20 meses 11 % 10,5 % 10 % 9,2 %
19 meses 9,78 % 9,33 % 8,89 % 8,4 %
18 meses 8,8 % 8,4 % 8 % 7,6 %
17 meses 8 % 7,64 % 7,27 % 6,91 %
16 meses 7,33 % 7 % 6,67 % 6,33 %
15 meses 6,77 % 6,46 % 6,15 % 5,85 %
14 meses 6,29 % 6 % 5,71 % 5,43 %
13 meses 5,87 % 5,6 % 5,33 % 5,07 %
12 meses 5,5 % 5,25 % 5 % 4,75 %
11 meses 5,18 % 4,94 % 4,71 % 4,47 %
10 meses 4,89 % 4,67 % 4,44 % 4,22 %
9 meses 4,63 % 4,42 % 4,21 % 4 %
8 meses 4,4 % 4,2 % 4 % 3,8 %
7 meses 4,19 % 4 % 3,81 % 3,62 %
6 meses 4 % 3,82 % 3,64 % 3,45 %
5 meses 3,83 % 3,65 % 3,48 % 3,3 %
4 meses 3,67 % 3,5 % 3,33 % 3,17 %
3 meses 3,52 % 3,36 % 3,2 % 3,04 %
2 meses 3,38 % 3,23 % 3,08 % 2,92 %
1 mes 3,26 % 3,11 % 2,96 % 2,81 %

Dato oficial Art. 208.2 de la Ley General de la Seguridad Social, en vigor desde 2022 · Si la pensión sin recortar pasa de la máxima, el recorte va sobre la máxima, con otros coeficientes que suben cada año hasta 2033 Fuente: BOE

Coeficientes de la jubilación anticipada por causa ajena Por un despido colectivo u objetivo, un cierre u otra causa que no depende de ti
Recorte de la pensión por jubilarse antes por una causa ajena, según los meses de adelanto y los años cotizados (art. 207 de la Ley General de la Seguridad Social)
Meses antes Menos de 38 años y 6 meses De 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses De 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses 44 años y 6 meses o más
48 meses 30 % 28 % 26 % 24 %
47 meses 29,38 % 27,42 % 25,46 % 23,5 %
46 meses 28,75 % 26,83 % 24,92 % 23 %
45 meses 28,13 % 26,25 % 24,38 % 22,5 %
44 meses 27,5 % 25,67 % 23,83 % 22 %
43 meses 26,88 % 25,08 % 23,29 % 21,5 %
42 meses 26,25 % 24,5 % 22,75 % 21 %
41 meses 25,63 % 23,92 % 22,21 % 20,5 %
40 meses 25 % 23,33 % 21,67 % 20 %
39 meses 24,38 % 22,75 % 21,13 % 19,5 %
38 meses 23,75 % 22,17 % 20,58 % 19 %
37 meses 23,13 % 21,58 % 20,04 % 18,5 %
36 meses 22,5 % 21 % 19,5 % 18 %
35 meses 21,88 % 20,42 % 18,96 % 17,5 %
34 meses 21,25 % 19,83 % 18,42 % 17 %
33 meses 20,63 % 19,25 % 17,88 % 16,5 %
32 meses 20 % 18,67 % 17,33 % 16 %
31 meses 19,38 % 18,08 % 16,79 % 15,5 %
30 meses 18,75 % 17,5 % 16,25 % 15 %
29 meses 18,13 % 16,92 % 15,71 % 14,5 %
28 meses 17,5 % 16,33 % 15,17 % 14 %
27 meses 16,88 % 15,75 % 14,63 % 13,5 %
26 meses 16,25 % 15,17 % 14,08 % 13 %
25 meses 15,63 % 14,58 % 13,54 % 12,5 %
24 meses 15 % 14 % 13 % 12 %
23 meses 14,38 % 13,42 % 12,46 % 11,5 %
22 meses 13,75 % 12,83 % 11,92 % 11 %
21 meses 12,57 % 12 % 11,38 % 10 %
20 meses 11 % 10,5 % 10 % 9,2 %
19 meses 9,78 % 9,33 % 8,89 % 8,4 %
18 meses 8,8 % 8,4 % 8 % 7,6 %
17 meses 8 % 7,64 % 7,27 % 6,91 %
16 meses 7,33 % 7 % 6,67 % 6,33 %
15 meses 6,77 % 6,46 % 6,15 % 5,85 %
14 meses 6,29 % 6 % 5,71 % 5,43 %
13 meses 5,87 % 5,6 % 5,33 % 5,07 %
12 meses 5,5 % 5,25 % 5 % 4,75 %
11 meses 5,18 % 4,94 % 4,71 % 4,47 %
10 meses 4,89 % 4,67 % 4,44 % 4,22 %
9 meses 4,63 % 4,42 % 4,21 % 4 %
8 meses 4,4 % 4,2 % 4 % 3,8 %
7 meses 4,19 % 4 % 3,81 % 3,62 %
6 meses 3,75 % 3,5 % 3,25 % 3 %
5 meses 3,13 % 2,92 % 2,71 % 2,5 %
4 meses 2,5 % 2,33 % 2,17 % 2 %
3 meses 1,88 % 1,75 % 1,63 % 1,5 %
2 meses 1,25 % 1,17 % 1,08 % 1 %
1 mes 0,63 % 0,58 % 0,54 % 0,5 %

Dato oficial Art. 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social · Después, la pensión no puede pasar de la máxima rebajada un 0,5 % por trimestre de adelanto (art. 210.4) Fuente: BOE

Qué no tiene en cuenta

  • Tus bases de cotización mes a mes: si tu sueldo cambió mucho en los últimos 25 años, la media en euros de hoy es una aproximación. El simulador de la Seguridad Social, con tu vida laboral, da la cifra exacta.
  • Los meses sin cotizar dentro de esos 25 años, que se rellenan con bases mínimas, y el trabajo a tiempo parcial, que cuenta los años de otra forma.
4 cosas másLos autónomos; Las reglas de 2027 en adelante (67 años, o 65 con 38 años…
  • Los autónomos: la fórmula es la misma, pero la base es la que eligieron para cotizar, no lo que ganaron. Escribe esa base al año en vez del sueldo.
  • Las reglas de 2027 en adelante (67 años, o 65 con 38 años y 6 meses, y el 100 % con 37 años), la jubilación parcial, la flexible y la activa, y las de quien adelanta la edad por un trabajo penoso o una discapacidad.
  • La garantía de no cobrar menos que con las normas de 2021 en la anticipada voluntaria de quien pasa de la máxima, y la combinación de porcentaje y pago único de la demorada, que fija un reglamento.
  • El límite de rentas del complemento hasta la mínima: se da por hecho que no tienes otras rentas que lo impidan.

Preguntas frecuentes

¿Mi pensión sale de lo que yo he cotizado?

No: las cotizaciones no se guardan en una cuenta a tu nombre. El sistema es de reparto (artículo 110 de la Ley General de la Seguridad Social): lo que se cotiza cada año paga las pensiones de ese año, y lo que falta lo pone el Estado. Lo que has cotizado sí decide cuánto cobrarás, porque la pensión se calcula con tus bases de cotización y tus años cotizados.

Fuente: BOE, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), texto consolidado (2026).

¿A qué edad me puedo jubilar en 2026?

A los 65 años si has cotizado 38 años y 3 meses; si no, a los 66 años y 10 meses. Antes, por voluntad propia, hasta 2 años antes con 35 años cotizados; y por un despido u otra causa ajena, hasta 4 años antes con 33. Desde 2027, la edad es de 67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados.

¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100 %?

36 años y 6 meses en 2026, y 37 desde 2027. Con 15 años, el mínimo para tener pensión, se cobra el 50 % de la base reguladora, y cada mes cotizado de más suma un poco: con 20 años, el 62,38 %; con 30, el 85,18 %.

¿Cuánto se pierde por jubilarse antes?

Por voluntad propia, 2 años antes, un 21 % con menos de 38 años y 6 meses cotizados y un 13 % con 44 años y 6 meses o más; por una causa ajena, 4 años antes, del 30 % al 24 %. Es para siempre: la pensión no sube al cumplir la edad ordinaria. Con 30.000 € de sueldo medio, quien llega a su edad ordinaria con 37 años cotizados cobraría 2.143 € al mes; si se va 2 años antes, con 35 años cotizados, 1.635 €: por el recorte y por los 2 años que deja de cotizar.

¿Cuál es la pensión máxima y la mínima en 2026?

La máxima, 3.360 € al mes en 14 pagas (47.034 € al año). La mínima de jubilación con 65 años, 936,20 € al mes sin cónyuge, 1.257 € con cónyuge a cargo y 888,70 € con cónyuge que tiene ingresos. El complemento hasta la mínima solo se cobra si las demás rentas del año no pasan de 9.442 € (11.013 € con cónyuge a cargo).

¿Qué gano si me jubilo más tarde?

Un 4 % más de porcentaje por cada año completo que sigues cotizando después de tu edad ordinaria, o un pago único, o una combinación de los dos. Con una pensión de 1.500 € al mes y 2 años de demora, el ejemplo de la Seguridad Social: 120 € más al mes o un pago único de 15.414 €.

¿La pensión paga IRPF?

Sí, como un sueldo, pero sin cotizaciones. Con 30.000 € de sueldo medio y 38 años cotizados, la pensión es de 2.143 € brutos al mes y el IRPF del año, en la media de las comunidades, 5.141 €: quedan 1.776 € al mes. La Seguridad Social retiene una parte de cada paga y la declaración ajusta la cuenta.

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Fuentes

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  • Dato oficial 12 fuentes oficiales
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