Calculadora de la pensión de jubilación 2026 ¿Cuánto cobraré de pensión de jubilación?
Escribe tu sueldo medio y tus años cotizados y verás la pensión de jubilación que da la ley con las reglas de 2026: a tu edad ordinaria, antes o más tarde, con sus topes y complementos, y lo que te queda después del IRPF.
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¿Qué IRPF paga la pensión de jubilación?
La pensión de jubilación que da la ley con tu sueldo y tus años cotizados, según cuándo te jubiles, y lo que te queda de ella después del IRPF.
La pensión de jubilación paga IRPF igual que un salario. La Seguridad Social te descuenta una parte cada mes al pagártela y la declaración anual ajusta la cuenta.
- Quién lo cobra
- La Agencia Tributaria; la Seguridad Social hace el descuento al pagarte la pensión.
- Cuándo se paga
- Al año siguiente presentas la declaración (modelo 100), que compara lo adelantado con la cuota real: pagas la diferencia o te la devuelven.
Ficha completa IRPF de la pensión Las reglas de 2026, las cifras y las fuentes.
Cómo se calcula
La pensión de jubilación sale de dos cosas: lo que cotizaste en los últimos 25 años (la base reguladora) y cuántos años cotizaste en toda tu vida (el porcentaje). Después se ajusta si te jubilas antes o más tarde, se le ponen los topes y se le suman los complementos.
La base reguladoraEs la media de tus bases de cotización de los últimos 25 años, repartida en 14 pagas…
Es la media de tus bases de cotización de los últimos 25 años, repartida en 14 pagas: la suma de 300 bases mensuales entre 350 (con la regla de 2026, 302 entre 352,33, que da lo mismo). Para quien trabaja por cuenta ajena, la base es el sueldo bruto, con un tope de 61.214 € al año. La Seguridad Social sube con el IPC las bases antiguas, salvo las de los dos últimos años: por eso se escribe el sueldo medio en euros de hoy.
El porcentaje por años cotizadosCon 15 años cotizados, el 50 % de la base reguladora…
Con 15 años cotizados, el 50 % de la base reguladora; cada mes de más suma un 0,21 % durante 49 meses y un 0,19 % después, hasta el 100 % con 36 años y 6 meses.
Antes o más tardeSi te jubilas antes, se resta un porcentaje por cada mes de adelanto, según tus años cotizados (las tablas, arriba).
Si te jubilas antes, se resta un porcentaje por cada mes de adelanto, según tus años cotizados (las tablas, arriba). Si te jubilas más tarde, cada año completo suma un 4 % de porcentaje, aunque pases del 100 %; y desde el segundo año, un 2 % por más de 6 meses.
Topes y complementosLa pensión no puede pasar de la máxima, 3.360 € al mes en 2026…
La pensión no puede pasar de la máxima, 3.360 € al mes en 2026; en la jubilación anticipada por causa ajena, de la máxima rebajada un 0,5 % por trimestre de adelanto. Si no llega a la mínima, se completa hasta ella, como mucho con 8.803 € al año (14.965 € con cónyuge a cargo). Por cada hijo, hasta 4, el progenitor con la pensión más baja cobra 36,90 € al mes, aunque pase de la máxima.
2.143 €
El IRPF es el de la calculadora del IRPF de la pensión, por un año entero cobrando la pensión como único ingreso. Allí puedes sumar otra pensión y los datos de tu familia.
Según tu sueldo y tus años cotizados
La pensión bruta de cada paga a la edad ordinaria, con las reglas de 2026, sin pareja y con el complemento hasta la mínima cuando la pensión no llega.
| Sueldo medio al año | 20 años cotizados | 30 años cotizados | 37 años cotizados |
|---|---|---|---|
| 15.000 € | 936 € | 936 € | 1.071 € |
| 20.000 € | 936 € | 1.217 € | 1.429 € |
| 25.000 € | 1.114 € | 1.521 € | 1.786 € |
| 30.000 € | 1.337 € | 1.825 € | 2.143 € |
| 40.000 € | 1.782 € | 2.434 € | 2.857 € |
| 50.000 € | 2.228 € | 3.042 € | 3.360 € |
| 61.214 € (base máxima) | 2.728 € | 3.360 € | 3.360 € |
Con 30.000 € de sueldo medio y 40 años cotizados a la edad ordinaria (65 años), la pensión bruta de cada paga según cuándo te jubiles:
Estimación Reglas de 2026 · Régimen General, sin pareja · Cada año que sigues trabajando es un año más cotizado · Sin el IRPF Fuente: cómo se calcula
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Coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria Lo que se resta por cada mes antes de la edad ordinaria, según los años cotizados
| Meses antes | Menos de 38 años y 6 meses | De 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses | De 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses | 44 años y 6 meses o más |
|---|---|---|---|---|
| 24 meses | 21 % | 19 % | 17 % | 13 % |
| 23 meses | 17,6 % | 16,5 % | 15 % | 12 % |
| 22 meses | 14,67 % | 14 % | 13,33 % | 11 % |
| 21 meses | 12,57 % | 12 % | 11,43 % | 10 % |
| 20 meses | 11 % | 10,5 % | 10 % | 9,2 % |
| 19 meses | 9,78 % | 9,33 % | 8,89 % | 8,4 % |
| 18 meses | 8,8 % | 8,4 % | 8 % | 7,6 % |
| 17 meses | 8 % | 7,64 % | 7,27 % | 6,91 % |
| 16 meses | 7,33 % | 7 % | 6,67 % | 6,33 % |
| 15 meses | 6,77 % | 6,46 % | 6,15 % | 5,85 % |
| 14 meses | 6,29 % | 6 % | 5,71 % | 5,43 % |
| 13 meses | 5,87 % | 5,6 % | 5,33 % | 5,07 % |
| 12 meses | 5,5 % | 5,25 % | 5 % | 4,75 % |
| 11 meses | 5,18 % | 4,94 % | 4,71 % | 4,47 % |
| 10 meses | 4,89 % | 4,67 % | 4,44 % | 4,22 % |
| 9 meses | 4,63 % | 4,42 % | 4,21 % | 4 % |
| 8 meses | 4,4 % | 4,2 % | 4 % | 3,8 % |
| 7 meses | 4,19 % | 4 % | 3,81 % | 3,62 % |
| 6 meses | 4 % | 3,82 % | 3,64 % | 3,45 % |
| 5 meses | 3,83 % | 3,65 % | 3,48 % | 3,3 % |
| 4 meses | 3,67 % | 3,5 % | 3,33 % | 3,17 % |
| 3 meses | 3,52 % | 3,36 % | 3,2 % | 3,04 % |
| 2 meses | 3,38 % | 3,23 % | 3,08 % | 2,92 % |
| 1 mes | 3,26 % | 3,11 % | 2,96 % | 2,81 % |
Dato oficial Art. 208.2 de la Ley General de la Seguridad Social, en vigor desde 2022 · Si la pensión sin recortar pasa de la máxima, el recorte va sobre la máxima, con otros coeficientes que suben cada año hasta 2033 Fuente: BOE
Coeficientes de la jubilación anticipada por causa ajena Por un despido colectivo u objetivo, un cierre u otra causa que no depende de ti
| Meses antes | Menos de 38 años y 6 meses | De 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses | De 41 años y 6 meses a 44 años y 6 meses | 44 años y 6 meses o más |
|---|---|---|---|---|
| 48 meses | 30 % | 28 % | 26 % | 24 % |
| 47 meses | 29,38 % | 27,42 % | 25,46 % | 23,5 % |
| 46 meses | 28,75 % | 26,83 % | 24,92 % | 23 % |
| 45 meses | 28,13 % | 26,25 % | 24,38 % | 22,5 % |
| 44 meses | 27,5 % | 25,67 % | 23,83 % | 22 % |
| 43 meses | 26,88 % | 25,08 % | 23,29 % | 21,5 % |
| 42 meses | 26,25 % | 24,5 % | 22,75 % | 21 % |
| 41 meses | 25,63 % | 23,92 % | 22,21 % | 20,5 % |
| 40 meses | 25 % | 23,33 % | 21,67 % | 20 % |
| 39 meses | 24,38 % | 22,75 % | 21,13 % | 19,5 % |
| 38 meses | 23,75 % | 22,17 % | 20,58 % | 19 % |
| 37 meses | 23,13 % | 21,58 % | 20,04 % | 18,5 % |
| 36 meses | 22,5 % | 21 % | 19,5 % | 18 % |
| 35 meses | 21,88 % | 20,42 % | 18,96 % | 17,5 % |
| 34 meses | 21,25 % | 19,83 % | 18,42 % | 17 % |
| 33 meses | 20,63 % | 19,25 % | 17,88 % | 16,5 % |
| 32 meses | 20 % | 18,67 % | 17,33 % | 16 % |
| 31 meses | 19,38 % | 18,08 % | 16,79 % | 15,5 % |
| 30 meses | 18,75 % | 17,5 % | 16,25 % | 15 % |
| 29 meses | 18,13 % | 16,92 % | 15,71 % | 14,5 % |
| 28 meses | 17,5 % | 16,33 % | 15,17 % | 14 % |
| 27 meses | 16,88 % | 15,75 % | 14,63 % | 13,5 % |
| 26 meses | 16,25 % | 15,17 % | 14,08 % | 13 % |
| 25 meses | 15,63 % | 14,58 % | 13,54 % | 12,5 % |
| 24 meses | 15 % | 14 % | 13 % | 12 % |
| 23 meses | 14,38 % | 13,42 % | 12,46 % | 11,5 % |
| 22 meses | 13,75 % | 12,83 % | 11,92 % | 11 % |
| 21 meses | 12,57 % | 12 % | 11,38 % | 10 % |
| 20 meses | 11 % | 10,5 % | 10 % | 9,2 % |
| 19 meses | 9,78 % | 9,33 % | 8,89 % | 8,4 % |
| 18 meses | 8,8 % | 8,4 % | 8 % | 7,6 % |
| 17 meses | 8 % | 7,64 % | 7,27 % | 6,91 % |
| 16 meses | 7,33 % | 7 % | 6,67 % | 6,33 % |
| 15 meses | 6,77 % | 6,46 % | 6,15 % | 5,85 % |
| 14 meses | 6,29 % | 6 % | 5,71 % | 5,43 % |
| 13 meses | 5,87 % | 5,6 % | 5,33 % | 5,07 % |
| 12 meses | 5,5 % | 5,25 % | 5 % | 4,75 % |
| 11 meses | 5,18 % | 4,94 % | 4,71 % | 4,47 % |
| 10 meses | 4,89 % | 4,67 % | 4,44 % | 4,22 % |
| 9 meses | 4,63 % | 4,42 % | 4,21 % | 4 % |
| 8 meses | 4,4 % | 4,2 % | 4 % | 3,8 % |
| 7 meses | 4,19 % | 4 % | 3,81 % | 3,62 % |
| 6 meses | 3,75 % | 3,5 % | 3,25 % | 3 % |
| 5 meses | 3,13 % | 2,92 % | 2,71 % | 2,5 % |
| 4 meses | 2,5 % | 2,33 % | 2,17 % | 2 % |
| 3 meses | 1,88 % | 1,75 % | 1,63 % | 1,5 % |
| 2 meses | 1,25 % | 1,17 % | 1,08 % | 1 % |
| 1 mes | 0,63 % | 0,58 % | 0,54 % | 0,5 % |
Dato oficial Art. 207.2 de la Ley General de la Seguridad Social · Después, la pensión no puede pasar de la máxima rebajada un 0,5 % por trimestre de adelanto (art. 210.4) Fuente: BOE
Qué no tiene en cuenta
- Tus bases de cotización mes a mes: si tu sueldo cambió mucho en los últimos 25 años, la media en euros de hoy es una aproximación. El simulador de la Seguridad Social, con tu vida laboral, da la cifra exacta.
- Los meses sin cotizar dentro de esos 25 años, que se rellenan con bases mínimas, y el trabajo a tiempo parcial, que cuenta los años de otra forma.
4 cosas másLos autónomos; Las reglas de 2027 en adelante (67 años, o 65 con 38 años…
- Los autónomos: la fórmula es la misma, pero la base es la que eligieron para cotizar, no lo que ganaron. Escribe esa base al año en vez del sueldo.
- Las reglas de 2027 en adelante (67 años, o 65 con 38 años y 6 meses, y el 100 % con 37 años), la jubilación parcial, la flexible y la activa, y las de quien adelanta la edad por un trabajo penoso o una discapacidad.
- La garantía de no cobrar menos que con las normas de 2021 en la anticipada voluntaria de quien pasa de la máxima, y la combinación de porcentaje y pago único de la demorada, que fija un reglamento.
- El límite de rentas del complemento hasta la mínima: se da por hecho que no tienes otras rentas que lo impidan.
Preguntas frecuentes
¿Mi pensión sale de lo que yo he cotizado?
No: las cotizaciones no se guardan en una cuenta a tu nombre. El sistema es de reparto (artículo 110 de la Ley General de la Seguridad Social): lo que se cotiza cada año paga las pensiones de ese año, y lo que falta lo pone el Estado. Lo que has cotizado sí decide cuánto cobrarás, porque la pensión se calcula con tus bases de cotización y tus años cotizados.
Fuente: BOE, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), texto consolidado (2026).
¿A qué edad me puedo jubilar en 2026?
A los 65 años si has cotizado 38 años y 3 meses; si no, a los 66 años y 10 meses. Antes, por voluntad propia, hasta 2 años antes con 35 años cotizados; y por un despido u otra causa ajena, hasta 4 años antes con 33. Desde 2027, la edad es de 67 años, o 65 con 38 años y 6 meses cotizados.
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100 %?
36 años y 6 meses en 2026, y 37 desde 2027. Con 15 años, el mínimo para tener pensión, se cobra el 50 % de la base reguladora, y cada mes cotizado de más suma un poco: con 20 años, el 62,38 %; con 30, el 85,18 %.
¿Cuánto se pierde por jubilarse antes?
Por voluntad propia, 2 años antes, un 21 % con menos de 38 años y 6 meses cotizados y un 13 % con 44 años y 6 meses o más; por una causa ajena, 4 años antes, del 30 % al 24 %. Es para siempre: la pensión no sube al cumplir la edad ordinaria. Con 30.000 € de sueldo medio, quien llega a su edad ordinaria con 37 años cotizados cobraría 2.143 € al mes; si se va 2 años antes, con 35 años cotizados, 1.635 €: por el recorte y por los 2 años que deja de cotizar.
¿Cuál es la pensión máxima y la mínima en 2026?
La máxima, 3.360 € al mes en 14 pagas (47.034 € al año). La mínima de jubilación con 65 años, 936,20 € al mes sin cónyuge, 1.257 € con cónyuge a cargo y 888,70 € con cónyuge que tiene ingresos. El complemento hasta la mínima solo se cobra si las demás rentas del año no pasan de 9.442 € (11.013 € con cónyuge a cargo).
¿Qué gano si me jubilo más tarde?
Un 4 % más de porcentaje por cada año completo que sigues cotizando después de tu edad ordinaria, o un pago único, o una combinación de los dos. Con una pensión de 1.500 € al mes y 2 años de demora, el ejemplo de la Seguridad Social: 120 € más al mes o un pago único de 15.414 €.
¿La pensión paga IRPF?
Sí, como un sueldo, pero sin cotizaciones. Con 30.000 € de sueldo medio y 38 años cotizados, la pensión es de 2.143 € brutos al mes y el IRPF del año, en la media de las comunidades, 5.141 €: quedan 1.776 € al mes. La Seguridad Social retiene una parte de cada paga y la declaración ajusta la cuenta.
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Fuentes
Esta página cita 12 fuentes, cada una con el documento y la fecha:
- Dato oficial 12 fuentes oficiales
Las 12 fuentes, con sus notas BOE · Ministerio de Hacienda · Lexnavarra · Diputación Foral de Bizkaia y más
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), texto consolidado Base reguladora, porcentaje por años cotizados y edad ordinaria; jubilación anticipada (arts. 207 y 208, con sus tablas de coeficientes), demorada (art. 210.2) y topes de las anticipadas (art. 210.3 y 210.4 y disposición transitoria 34.ª); complemento por hijos (art. 60).
- Dato oficialBOE, Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero: revalorización de las pensiones para 2026, artículo 2 y anexo I (cuantías mínimas) Pensión máxima, pensiones mínimas, límite de rentas del complemento hasta la mínima, pensión no contributiva y complemento por hijos de 2026.
- Dato oficialBOE, Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, sobre limitación de la cuantía inicial de las pensiones públicas y revalorización para 2026 El complemento hasta la mínima: límite de rentas y tope (arts. 9 y 10).
- Dato oficialBOE, Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social para 2026 Base máxima de cotización de 2026.
- Dato oficialBOE, Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, texto consolidado IRPF de la pensión: rendimiento del trabajo, escala estatal y mínimo personal según la edad.
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026», capítulo IV: resumen de medidas vigentes en tributos cedidos, ejercicio 2026 Escala del IRPF de cada comunidad.
- Dato oficialLexnavarra, legislación de la Comunidad Foral de Navarra: texto refundido de la Ley Foral del IRPF (Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio), texto consolidado IRPF de Navarra.
- Dato oficialDiputación Foral de Bizkaia, Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del IRPF, texto vigente «actualizado a fecha de 01/01/2026» IRPF de Bizkaia.
- Dato oficialDiputación Foral de Gipuzkoa, Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del IRPF, texto vigente de 2026 IRPF de Gipuzkoa.
- Dato oficialDiputación Foral de Álava, Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del IRPF, texto consolidado con la Norma Foral 21/2025 IRPF de Álava.
- Dato oficialRevista de la Seguridad Social, «Guía para conocer los beneficios de demorar tu jubilación» Su ejemplo: con una pensión prevista de 1.500 € al mes, retrasar 2 años la jubilación da 120 € más al mes, o un pago único de 15.414 €, o 7.707 € y 60 € más al mes. La calculadora da los mismos 120 € y 15.414 € (con la persona al 100 %, como en el ejemplo).
- Dato oficialDirección General de Tributos, consulta vinculante V0712-23, de 23 de marzo de 2023 El complemento para la reducción de la brecha de género paga IRPF como rendimiento del trabajo, igual que la pensión de jubilación que lo da. El texto está en su reproducción de fiscal-impuestos.com: el buscador de la Dirección General de Tributos no deja enlazar una consulta.