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Calculadora del Impuesto sobre el Patrimonio 2026 ¿Cuánto se paga de Impuesto sobre el Patrimonio?

Escribe lo que tienes, lo que debes y el valor de tu vivienda habitual con su hipoteca, y verás el Impuesto sobre el Patrimonio que pagas en tu comunidad: con su mínimo exento, su tarifa y sus bonificaciones, el impuesto de grandes fortunas si te toca y, si das tu renta, el límite con el IRPF.

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A 31 de diciembre. Inmuebles, por el mayor entre su valor catastral, lo que costaron y el valor que les dio la Administración en otro impuesto; cuentas, por el saldo o, si es mayor, el saldo medio del último trimestre; acciones de bolsa, por su cotización media del último trimestre; fondos, por su valor liquidativo; seguros de vida, por su valor de rescate. Sin lo exento: planes de pensiones, ajuar doméstico, empresa familiar.

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Préstamos, hipotecas de otros inmuebles, tarjetas, impuestos que debes. Las deudas para comprar bienes exentos no se restan.

Ahora usamos: 0 €.

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Tu parte, por el mayor entre su valor catastral (en el recibo del IBI), lo que costó y el valor que le dio la Administración en otro impuesto. Si no tienes, 0.

Donde vives (donde pasaste más días del año). Cada una fija su mínimo exento, su tarifa y sus bonificaciones.

Afina el cálculo Ahora: sin el límite con el IRPF.
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En tu declaración de la renta del mismo año: la base imponible general más la del ahorro, sin las ganancias por vender bienes que tenías desde hace más de un año. Con ella se aplica el límite conjunto.

Ahora no aplicamos el límite con el IRPF.

€

En la misma declaración: la cuota íntegra estatal más la autonómica, sin la parte de esas ganancias.

Ahora usamos: las normas de 2026: la exención de la vivienda habitual y la parte de su hipoteca que se resta, el mínimo exento, la tarifa y las bonificaciones de cada comunidad o territorio foral, y el impuesto de grandes fortunas por encima de 3.000.000 €. Los bienes exentos, como la empresa familiar o los planes de pensiones, no se suman. El límite conjunto con el IRPF, solo si das tu base y tu cuota del IRPF.

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Puedes cambiar el alto (height) para que quepa sin desplazarse. Las condiciones, en el aviso legal.

¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?

Es un impuesto anual sobre el valor de todo lo que tienes, descontadas tus deudas, a 31 de diciembre. Lo pagas si superas el mínimo exento: en la mayoría de las comunidades, 700.000 € por persona, sin contar los primeros 300.000 € de la vivienda habitual. Varias comunidades lo bonifican.

Quién lo paga
Las personas que residen en España, por todo su patrimonio, esté en el país que esté.
Quién lo cobra
Lo gestiona la Agencia Tributaria y lo recaudado es para tu comunidad autónoma, que fija el mínimo exento y las bonificaciones.
Cuándo se paga
Con una declaración anual (modelo 714) que se presenta por internet en el mismo plazo que la de la renta.

Qué entra en la cuenta

Ficha completa Impuesto sobre el Patrimonio Las reglas de 2026, las cifras y las fuentes.

Cómo se calcula

El Impuesto sobre el Patrimonio se paga cada año por lo que tienes a 31 de diciembre, menos lo que debes.

Cada bien se valora con su regla: los inmuebles, por el mayor entre su valor catastral (el del recibo del IBI), el que les dio la Administración en otro impuesto y lo que costaron; las cuentas, por el saldo o, si es mayor, el saldo medio del último trimestre; las acciones que cotizan, por su cotización media del cuarto trimestre; los fondos, por su valor liquidativo, y los seguros de vida, por su valor de rescate.

No cuentan los bienes exentos: el ajuar doméstico, los planes de pensiones, la empresa familiar con sus requisitos y los primeros 300.000 € por persona (250.000 € en Navarra, 400.000 € en Bizkaia y Álava, 300.000 € en Gipuzkoa) de la vivienda habitual. Las deudas de esos bienes tampoco se restan; de la hipoteca de la vivienda, solo la parte de lo que no está exento.

El mínimo exento y la tarifaAl patrimonio neto se le resta el mínimo exento de tu comunidad, 700.000 € en la mayoría, y al resto se le aplica una tarifa…

Al patrimonio neto se le resta el mínimo exento de tu comunidad, 700.000 € en la mayoría, y al resto se le aplica una tarifa por tramos: la estatal va del 0,2 % al 3,5 %, y 6 comunidades tienen la suya.

700.000 €

es el mínimo exento en la mayoría de las comunidades: se resta del patrimonio neto antes de aplicar la tarifa.
El límite con el IRPF y las bonificacionesLa cuota y la del IRPF no pueden pasar juntas del 60 % de tu base del IRPF…

La cuota y la del IRPF no pueden pasar juntas del 60 % de tu base del IRPF; si pasan, se rebaja la de Patrimonio, como mucho un 80 %.

Después, las bonificaciones: la general de la comunidad, del todo (Andalucía, Cantabria, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y La Rioja) o en parte; la de los patrimonios protegidos de personas con discapacidad, exentos en Canarias y Castilla y León y bonificados en Aragón, Asturias y Cataluña; y la de Ceuta y Melilla, del 75 % de lo que está allí.

Navarra, el País Vasco y las grandes fortunasNavarra y los tres territorios del País Vasco tienen su propia norma, con otro mínimo exento, otra exención de la vivienda…

Navarra y los tres territorios del País Vasco tienen su propia norma, con otro mínimo exento, otra exención de la vivienda habitual, otra tarifa y otro límite con el IRPF. La calculadora aplica la de Navarra y la del territorio vasco que elijas.

Por encima de 3.000.000 € entra además el impuesto de grandes fortunas, que es estatal y sigue en 2026 (los territorios vascos tienen el suyo y Navarra no lo tiene). De su cuota se resta lo pagado por Patrimonio, así que en la práctica se paga el mayor de los dos importes. La calculadora enseña los dos.

Lo que ya tienes también cuenta al heredar o recibir una donación: con mucho patrimonio previo, el impuesto de sucesiones y el de donaciones suben. Si vendes un inmueble, la ganancia va al IRPF de la venta de una vivienda; si vendes acciones, fondos o criptomonedas, al IRPF de su venta, y lo que cobras por alquilar un piso, al IRPF del alquiler.

El mismo patrimonio en cada comunidad

Cuota de 2026 entre el Impuesto sobre el Patrimonio y el de grandes fortunas, para una persona sin vivienda habitual ni deudas.

Mínimo exento, exención de la vivienda habitual, tarifa, bonificación general y cuota del Impuesto sobre el Patrimonio y del de grandes fortunas en cada comunidad, 2026
Comunidad Mínimo exento Exención de la vivienda Tarifa Bonificación Con 1.000.000 € Con 2.000.000 € Con 5.000.000 €
Andalucía 700.000 € 300.000 € Estatal 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Aragón 700.000 € 300.000 € Estatal 0 % 732,87 € 8.190 € 53.546 €
Asturias 700.000 € 300.000 € Propia 0 % 806,16 € 9.232 € 61.429 €
Illes Balears 3.000.000 € 300.000 € Propia 0 % 0 € 0 € 23.521 €
Canarias 700.000 € 300.000 € Estatal 0 % 732,87 € 8.190 € 53.546 €
Cantabria 700.000 € 300.000 € Propia 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Castilla y León 700.000 € 300.000 € Estatal 0 % 732,87 € 8.190 € 53.546 €
Castilla-La Mancha 700.000 € 300.000 € Estatal 0 % 732,87 € 8.190 € 53.546 €
Cataluña 500.000 € 300.000 € Propia 0 % 1.748 € 11.174 € 59.794 €
Comunitat Valenciana 2.000.000 € 300.000 € Propia 0 % 0 € 0 € 39.166 €
Extremadura 500.000 € 300.000 € Propia 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Galicia 700.000 € 300.000 € Estatal 50 % 366,44 € 4.095 € 48.873 €
Comunidad de Madrid 700.000 € 300.000 € Estatal 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Región de Murcia 700.000 € 300.000 € Estatal 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Navarra 550.000 € 250.000 € Propia 0 % 1.178 € 8.486 € 45.964 €
País Vasco: Álava 800.000 € 400.000 € Propia 0 % 400 € 6.600 € 48.000 €
País Vasco: Bizkaia 800.000 € 400.000 € Propia 0 % 400 € 4.000 € 37.400 €
País Vasco: Gipuzkoa 700.000 € 300.000 € Propia 0 % 700 € 7.500 € 49.700 €
La Rioja 700.000 € 300.000 € Estatal 100 % 0 € 0 € 22.100 €
Ceuta 700.000 € 300.000 € Estatal 75 % 183,22 € 2.048 € 13.387 €
Melilla 700.000 € 300.000 € Estatal 75 % 183,22 € 2.048 € 13.387 €

Estimación Cálculo propio con las normas de 2026 · Patrimonio neto de una persona, sin vivienda habitual · Navarra y cada territorio del País Vasco, con su norma foral · En Ceuta y Melilla, con todos los bienes allí Fuente: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026», capítulo IV (medidas vigentes por comunidad): Impuesto sobre el Patrimonio e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La vivienda habitual y su hipoteca Lo que suma una vivienda de 500.000 € con 200.000 € de hipoteca, según la norma de cada sitio
Lo que suma al patrimonio una vivienda habitual de 500.000 € con 200.000 € de hipoteca, según la norma, 2026
Norma Exención de la vivienda Lo que cuenta de la vivienda Lo que se resta de la hipoteca Lo que suma
Régimen común (todas las comunidades) 300.000 € 200.000 € 80.000 € 120.000 €
Navarra 250.000 € 250.000 € 100.000 € 150.000 €
País Vasco: Álava 400.000 € 100.000 € 40.000 € 60.000 €
País Vasco: Bizkaia 400.000 € 100.000 € 40.000 € 60.000 €
País Vasco: Gipuzkoa 300.000 € 200.000 € 80.000 € 120.000 €

Dato oficial De la hipoteca de un bien exento en parte solo se resta la parte proporcional a lo que no está exento Fuente: BOE, Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio (texto consolidado)

Lo que cambia en cada comunidad Mínimo exento con discapacidad, patrimonios protegidos, otras deducciones y desde cuánto hay que declarar, comunidad a comunidad
Mínimo exento con discapacidad, patrimonios protegidos de personas con discapacidad, otras deducciones y umbral para declarar en cada comunidad, 2026
Comunidad Mínimo exento con discapacidad Patrimonio protegido Otras deducciones Hay que declarar con bienes de más de
Andalucía 1.250.000 € (desde el 33 %); 1.500.000 € (desde el 65 %) No tiene No tiene 2.000.000 €
Aragón No tiene Bonificación del 99 %, hasta 300.000 € No tiene 2.000.000 €
Asturias No tiene Bonificación del 99 % No tiene 2.000.000 €
Illes Balears No tiene No tiene Una: ver abajo 2.000.000 €
Canarias No tiene Exento No tiene 2.000.000 €
Cantabria No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
Castilla y León No tiene Exento No tiene 2.000.000 €
Castilla-La Mancha No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
Cataluña No tiene Bonificación del 99 % Una: ver abajo 2.000.000 €
Comunitat Valenciana No tiene No tiene Una: ver abajo 2.000.000 €
Extremadura 600.000 € (desde el 33 %); 700.000 € (desde el 50 %); 800.000 € (desde el 65 %) No tiene No tiene 2.000.000 €
Galicia No tiene No tiene Dos: ver abajo 2.000.000 €
Comunidad de Madrid No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
Región de Murcia No tiene No tiene Una: ver abajo 2.000.000 €
Navarra No tiene No tiene No tiene 1.000.000 €
País Vasco: Álava No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
País Vasco: Bizkaia No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
País Vasco: Gipuzkoa No tiene No tiene No tiene 3.000.000 €
La Rioja No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
Ceuta No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
Melilla No tiene No tiene No tiene 2.000.000 €
  • Illes Balears: Bonificación del 90 % de la parte de la cuota de los bienes de consumo cultural (artículo 9 bis del texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2014).
  • Cataluña: Bonificación del 95 % de la parte de la cuota de las propiedades forestales con un instrumento de ordenación aprobado (artículo 622-2 del libro sexto del Código tributario de Cataluña).
  • Comunitat Valenciana: Deducción del 100 % de la parte de la cuota de las acciones o participaciones en empresas emergentes de la Comunitat Valenciana y de los préstamos a ellas, si se mantienen 3 años (artículo 9 bis de la Ley 13/1997).
  • Galicia: Deducción del 75 %, con un límite de 4.000 €, de la parte de la cuota de las participaciones en empresas nuevas que dieron deducción en el IRPF (artículo 13 ter.Uno del texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2011). Deducción del 100 % de la parte de la cuota de participaciones en sociedades de fomento forestal y entidades agrarias, de terrenos rústicos afectos a una explotación agraria, de inmuebles de centros históricos afectos a una actividad económica y de bienes incorporados a polígonos agroforestales (artículo 13 ter, apartados Dos a Seis).
  • Región de Murcia: Deducción del 100 % de lo aportado en dinero, durante el año siguiente, a proyectos de excepcional interés público regional (artículo 13 bis del texto refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010).

Dato oficial Capítulo IV de «Tributación Autonómica. Medidas 2026» y normas forales de Navarra, Álava, Bizkaia y Gipuzkoa Fuente: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026», capítulo IV (medidas vigentes en cada comunidad), actualizado a 23-9-2026

La tarifa estatal La escala estatal, tramo a tramo, para las comunidades sin tarifa propia
Escala estatal del Impuesto sobre el Patrimonio, por tramos de base liquidable, 2026
Base liquidable Tipo
Hasta 167.129 € 0,2 %
De 167.129 € a 334.253 € 0,3 %
De 334.253 € a 668.500 € 0,5 %
De 668.500 € a 1.337.000 € 0,9 %
De 1.337.000 € a 2.673.999 € 1,3 %
De 2.673.999 € a 5.347.998 € 1,7 %
De 5.347.998 € a 10.695.996 € 2,1 %
Más de 10.695.996 € 3,5 %

Dato oficial Se aplica donde la comunidad no tiene tarifa propia · Tienen la suya Asturias, Illes Balears, Cantabria, Cataluña, Comunitat Valenciana y Extremadura Fuente: BOE, Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, arts. 4.Nueve (vivienda habitual), 28 (mínimo exento), 30 (escala) y 33 (Ceuta y Melilla)

El límite conjunto con el IRPF, con un ejemplo El ejemplo del manual de la Agencia Tributaria, paso a paso
Límite conjunto con el IRPF: 8.000.000 € de patrimonio neto en Castilla-La Mancha, con 250.000 € que no dan rentas, una base del IRPF de 51.000 € y una cuota de 12.597 €
Paso Importe
Cuota íntegra con la tarifa estatal 112.354,38 €
Parte de los bienes que no dan rentas (250.000 € de 8.000.000 €) 3.511,07 €
Cuota del IRPF que cuenta 12.597,00 €
Límite: el 60 % de la base del IRPF (51.000 €) 30.600,00 €
Rebaja: lo que se pasa, como mucho el 80 % de la cuota 89.883,50 €
Impuesto sobre el Patrimonio que queda 22.470,88 €

Dato oficial El ejemplo del manual de Patrimonio de la Agencia Tributaria, con la cuenta de esta calculadora · El manual redondea la cuota de cada tramo y le sale un céntimo menos: 22.470,87 € Fuente: Agencia Tributaria, Manual práctico de Patrimonio 2025: obligación de declarar y límite de la cuota íntegra

Qué no tiene en cuenta

La calculadora recoge lo que tienes y lo que debes, la vivienda habitual con su hipoteca, el mínimo exento, la tarifa y la bonificación de cada comunidad o territorio foral, el impuesto de grandes fortunas, el límite conjunto con el IRPF si das tu renta, los patrimonios protegidos y la bonificación de Ceuta y Melilla. No recoge:

  • La valoración de cada bien: escribe lo que tienes ya valorado con sus reglas, sin los bienes exentos (la empresa familiar y las participaciones en ella, con sus requisitos; los planes de pensiones; el ajuar doméstico; los objetos de arte de poco valor y los del patrimonio histórico).
  • En el límite conjunto, la tributación conjunta en el IRPF (el límite se calcula sumando las cuotas de la familia y se reparte) y los dividendos que la ley suma a la base del ahorro.
3 cosas másLas deducciones por bienes concretos de algunas comunidades; El mínimo exento más alto por discapacidad de Andalucía…
  • Las deducciones por bienes concretos de algunas comunidades (las de la tabla de arriba) y la de impuestos pagados en el extranjero.
  • El mínimo exento más alto por discapacidad de Andalucía y Extremadura, que no cambia lo que se paga porque las dos bonifican el 100 %.
  • A quien no vive en España, que tiene sus propias reglas.

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuánto se paga el Impuesto sobre el Patrimonio?

Depende de la comunidad. El mínimo exento de la norma estatal es de 700.000 € de patrimonio neto por persona, y aparte no cuentan los primeros 300.000 € de la vivienda habitual. Cataluña y Extremadura lo bajan a 500.000 €, La Comunitat Valenciana lo sube a 2.000.000 € e Illes Balears, a 3.000.000 €.

¿En qué comunidades no se paga?

Con 2.000.000 € de patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual, la cuota es de 0 € en Andalucía, Illes Balears, Cantabria, Comunitat Valenciana, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, La Rioja, por su bonificación o por su mínimo exento. Donde más se paga con esa cifra es en Cataluña: 11.174 € al año.

¿Cuenta la vivienda habitual en el Impuesto sobre el Patrimonio?

Solo por lo que pasa de 300.000 € por persona (250.000 € en Navarra, 400.000 € en Bizkaia y Álava, 300.000 € en Gipuzkoa). De su hipoteca se resta solo la parte que corresponde a lo que no está exento: con una vivienda de 500.000 € y 200.000 € de hipoteca, cuentan 200.000 € de la vivienda y se restan 80.000 € de la hipoteca.

¿Qué deudas se restan en el Impuesto sobre el Patrimonio?

Las que tengas a 31 de diciembre y puedas justificar, por lo que quede por pagar: préstamos, hipotecas de otros inmuebles, tarjetas o impuestos que debes. No se restan las deudas contraídas para comprar bienes exentos y, si la exención es parcial, como en la vivienda habitual, solo su parte proporcional. Tampoco las cantidades que hayas avalado mientras no tengas que pagarlas.

¿Qué es el límite conjunto con el IRPF?

La cuota del Impuesto sobre el Patrimonio más la del IRPF no puede pasar del 60 % de la base imponible del IRPF. Si pasa, se rebaja la de Patrimonio, pero como mucho un 80 %: se paga al menos el 20 %. No cuenta la parte de la cuota de los bienes que no dan rentas, como joyas, arte o terrenos sin edificar. En Navarra el límite es del 65 % con una rebaja máxima del 55 %, y en los territorios vascos, del 65 % con una rebaja máxima del 75 %.

¿Quién tiene que presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?

Quien tenga algo que pagar y, aunque no pague, quien tenga bienes de más de 2.000.000 €, contando los exentos y sin restar deudas. Por eso, con bienes por encima de esa cifra, se declara también en las comunidades que bonifican el 100 %. En Navarra el umbral es de 1.000.000 €, en Gipuzkoa de 3.000.000 €, y en Bizkaia y Álava de 2.000.000 €.

¿Sigue existiendo el impuesto de grandes fortunas en 2026?

Sí. Nació como impuesto temporal, pero se prorrogó hasta que se revise la tributación del patrimonio con la reforma de la financiación autonómica. Grava los patrimonios netos de más de 3.000.000 €, con tipos del 1,7 % al 3,5 %, y de su cuota se descuenta lo pagado por Patrimonio, así que solo pagan por él quienes viven en comunidades que bonifican este. Con 5.000.000 €, en la Comunidad de Madrid salen 22.100 € al año. Los tres territorios vascos tienen el suyo, y Navarra no lo tiene, porque su tarifa ya llega al 3,5 %.

¿Cómo se valoran las cuentas, las acciones y los fondos?

Las cuentas, por su saldo a 31 de diciembre o, si es mayor, por el saldo medio del último trimestre. Las acciones que cotizan, por su cotización media del cuarto trimestre, que publica cada año el Ministerio de Hacienda. Los fondos de inversión, por su valor liquidativo a 31 de diciembre. Los seguros de vida, por su valor de rescate. Los inmuebles, por el mayor entre su valor catastral, el que les dio la Administración en otro impuesto y lo que costaron.

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Ahorro, herencias y premios

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Fichas relacionadas

Fuentes

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  • Dato oficial 18 fuentes oficiales
Las 18 fuentes, con sus notas BOE · Ministerio de Hacienda · Diputación Foral de Álava · Diputación Foral de Bizkaia y más