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Un impuesto estatal

Impuesto de grandes fortunas

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

Un impuesto estatal anual sobre los patrimonios netos de más de 3.000.000 €. De su cuota se resta lo ya pagado por Patrimonio, así que recauda donde las comunidades bonifican ese impuesto.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Las mismas personas que el Impuesto sobre el Patrimonio: los residentes en España por todo su patrimonio y los no residentes por sus bienes en España.
  • Presentan declaración quienes tienen cuota a pagar.

Qué grava: tener el 31 de diciembre un patrimonio neto superior a 3.000.000 €. Se calcula con las mismas reglas y las mismas exenciones que el Impuesto sobre el Patrimonio, del que es complementario.

Quién no paga o paga menos

  • Los primeros 3.000.000 € de base tributan al 0 %, después de restar un mínimo exento de 700.000 €.
  • Los mismos bienes exentos que en Patrimonio: los primeros 300.000 € de la vivienda habitual, el negocio propio y la empresa familiar con requisitos, y los planes de pensiones.
  • Quien ya paga en su comunidad una cuota de Patrimonio igual o mayor: se descuenta entera y no queda nada que ingresar.
Un caso más En Ceuta y Melilla se aplica la misma bonificación del 75 % que en Patrimonio
  • En Ceuta y Melilla se aplica la misma bonificación del 75 % que en Patrimonio.

Cuánto se paga

Al patrimonio neto se le restan 700.000 € de mínimo exento y se aplica la escala de la tabla. De la cuota se descuenta lo pagado ese año por el Impuesto sobre el Patrimonio. La suma de las cuotas de IRPF, Patrimonio y este impuesto no puede pasar del 60 % de la base del IRPF; si pasa, se reduce la de este impuesto, un 80 % como máximo.

Un ejemplo

Con 4.700.000 € de patrimonio neto, descontada la vivienda habitual, la base es de 4.000.000 €. El tramo de 3.000.000 a 4.000.000 € paga el 1,7 %: 17.000 €. Si tu comunidad ya te cobra más que eso por Patrimonio, aquí pagas 0 €.

Escala del impuesto de grandes fortunas (2026)
Tramo de la base Tipo
Hasta 3.000.000 € 0 %
De 3.000.000 € a 5.347.998,03 € 1,7 %
De 5.347.998,03 € a 10.695.996,06 € 2,1 %
Más de 10.695.996,06 € 3,5 %

La base es el patrimonio neto menos los bienes exentos y menos el mínimo de 700.000 €.

Dónde cambia

La ley es igual en toda España, pero el resultado depende de la comunidad. Donde Patrimonio se paga sin bonificar, este impuesto suele quedar en 0 € porque se descuenta lo ya pagado. Andalucía, Cantabria, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja limitan su bonificación a quien alcanza este impuesto: ese importe se ingresa en la comunidad y no en el Estado. En Extremadura la bonificación de Patrimonio sigue siendo del 100 % y la cuota va al Estado.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Con una autoliquidación por internet (modelo 718) entre el 1 y el 31 de julio del año siguiente, cuando ya ha terminado el plazo de la declaración de Patrimonio.

La recaudación es del Estado y no se cede a las comunidades autónomas. En el País Vasco y Navarra se aplica según lo acordado en el Concierto y el Convenio.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria
Desde cuándo
Se creó en diciembre de 2022 para dos ejercicios. En diciembre de 2023 se prorrogó hasta que se revise la tributación del patrimonio en la reforma de la financiación autonómica.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué patrimonio se paga el impuesto de grandes fortunas?

Afecta a quien tiene más de 3.000.000 € de patrimonio neto. Como se resta un mínimo de 700.000 € y los primeros 3.000.000 € de base van al 0 %, la cuota empieza a partir de 3.700.000 €, sin contar los primeros 300.000 € de la vivienda habitual.

¿Se paga dos veces, por Patrimonio y por grandes fortunas?

No por el mismo importe. De la cuota de este impuesto se resta lo que hayas pagado ese año por Patrimonio: ingresas la diferencia, si la hay.

¿Sigue en vigor el impuesto de grandes fortunas en 2026?

Sí. Nació para dos ejercicios y a finales de 2023 se prorrogó sin fecha de fin, hasta que se revise la tributación del patrimonio. El patrimonio a 31 de diciembre de 2025 se declaró en julio de 2026.

Sí entra en la calculadora

En la calculadora Dentro del cálculo del Patrimonio.

La partida en la que aparece

Estimación Lo que paga en una vida una persona con el salario medio. Euros y normas de 2026 Fuente: cálculo propio

Los datos

Recaudación en 2025
19 millones de euros

Dato oficial Fuente: IGAE, Impuestos y cotizaciones sociales (SEC 2010), actualización de 30-9-2026

Recaudación por habitante en 2025
0,38 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: IGAE, Impuestos y cotizaciones sociales (SEC 2010), actualización de 30-9-2026

2 datos más Recaudación en 2023, 2024 y 2025 · Patrimonio de 4.000.000 €, descontada la vivienda, en una comunidad que bonifica…
Recaudación en 2023, 2024 y 2025
623, 37 y 19 millones de euros

Dato oficial Fuente: IGAE, Impuestos y cotizaciones sociales (SEC 2010), Administraciones Públicas, actualización de 30 de septiembre de 2026

Patrimonio de 4.000.000 €, descontada la vivienda, en una comunidad que bonifica Patrimonio
5.100 € al año

Estimación Fuente: REAF-Consejo General de Economistas, «Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2026», 2026 (fuente de terceros, no oficial)

Fuentes

6 fuentes oficiales, 1 estudio de terceros BOE · Ministerio de Hacienda · REAF-Consejo General de Economistas · IGAE. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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