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Un impuesto estatal
Impuesto a la banca
Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras
Un impuesto que pagan los bancos por lo que ganan en España con intereses y comisiones. Tomó el relevo del gravamen temporal de la banca y la ley le pone fecha de fin.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- Los bancos, las cajas de ahorros, las cooperativas de crédito, los establecimientos financieros de crédito y las sucursales en España de bancos extranjeros.
- En la práctica solo pagan los que superan 100 millones de euros de margen al año.
- Lo ingresa la empresa, pero su coste puede acabar en parte en precios, salarios o beneficios; en qué proporción no tiene una respuesta única.
Qué grava: obtener en España un margen positivo de intereses y comisiones: lo que la entidad cobra por intereses y comisiones menos lo que paga por esos mismos conceptos, según su cuenta de resultados.
Quién no paga o paga menos
- Las entidades con un margen de intereses y comisiones en España de 100 millones de euros o menos: esa cantidad se resta siempre de la base.
- Las entidades con una rentabilidad sobre su activo inferior al 0,7 % tienen una deducción extraordinaria, mayor cuanto más baja es la rentabilidad.
Cuánto se paga
Al margen de intereses y comisiones del ejercicio se le restan 100 millones de euros, y al resto se le aplica una escala por tramos que va del 1 % al 7 %. De la cuota que sale se descuenta el 25 % de lo que la entidad paga por el Impuesto sobre Sociedades de ese mismo ejercicio. El impuesto no se puede restar como gasto en el Impuesto sobre Sociedades.
Un ejemplo
Una entidad con 600 millones de euros de margen tributa por 500 millones al 1 %: 5 millones de euros, antes de descontar el 25 % de su cuota del Impuesto sobre Sociedades.
| Tramo de la base (millones de euros) | Tipo |
|---|---|
| Hasta 750 | 1 % |
| De 750 a 1.500 | 3,5 % |
| De 1.500 a 3.000 | 4,8 % |
| De 3.000 a 5.000 | 6 % |
| Más de 5.000 | 7 % |
Cada tipo se aplica solo a la parte de la base que cae en su tramo.
Dónde cambia
Se aplica en todo el territorio español, sin perjuicio de los regímenes forales del País Vasco y Navarra.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
Con autoliquidación. La entidad adelanta el 40 % en los primeros 20 días naturales del segundo mes posterior al cierre del ejercicio (febrero, si cierra en diciembre) con el modelo 781, y presenta la autoliquidación, el modelo 780, en los primeros 20 días naturales del noveno mes (septiembre).
La recaudación se reparte al año siguiente entre las comunidades autónomas de régimen común, en función de su PIB.
- Quién lo cobra
- La Agencia Tributaria
- Desde cuándo
- Lo creó la Ley 7/2024 para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2024. La ley limita su aplicación a los tres primeros ejercicios consecutivos iniciados desde esa fecha.
Preguntas frecuentes
¿El impuesto a la banca es permanente?
No, tal como está escrito hoy. La ley dice que se aplica en los tres primeros ejercicios consecutivos que empiecen desde el 1 de enero de 2024. Para una entidad con ejercicio de año natural son 2024, 2025 y 2026, que se pagan en 2025, 2026 y 2027.
¿En qué se diferencia del gravamen temporal de la banca?
El gravamen de 2023 y 2024 era un 4,8 % fijo sobre el margen de intereses y comisiones de las entidades grandes, y la ley no lo consideraba un impuesto. Este sí es un impuesto, con una escala del 1 % al 7 %, 100 millones de euros que no pagan y un descuento ligado al Impuesto sobre Sociedades.
No entra en la calculadora de una vida
No entra Solo lo pagan empresas. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Lo que recauda
- Recaudación en 2025
-
1.423 millones de euros
Dato oficial Fuente: Agencia Tributaria, Informe Mensual de Recaudación Tributaria, diciembre de 2025 (cuadro 1.4)
- Recaudación por habitante en 2025
-
29 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Agencia Tributaria, Informe Mensual de Recaudación Tributaria, diciembre de 2025 (cuadro 1.4)
Fuentes
3 fuentes oficiales BOE · Agencia Tributaria. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, Ley 7/2024 (texto consolidado, última actualización de 3 de octubre de 2026)
- Dato oficialAgencia Tributaria, sede electrónica, otros impuestos (modelos 411, 780 y 781)
- Dato oficialAgencia Tributaria, Informe Mensual de Recaudación Tributaria, diciembre de 2025 (cuadro 1.4) Ingresos tributarios líquidos en términos de caja, territorio común, incluida la parte cedida a comunidades y entidades locales.
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Recaudación: 2025; caja de la Agencia Tributaria, primer año. Otras fuentes: BOE, Ley 7/2024 (texto consolidado); Agencia Tributaria, Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.
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