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Una tasa local
Tasa municipal a las telecomunicaciones
Tasa a empresas de telecomunicaciones
Lo que cobran los ayuntamientos a las empresas de telefonía e internet por ocupar las calles con sus cables y redes.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- Los operadores de telecomunicaciones que prestan servicio en el municipio a través de redes tendidas en sus calles, sean propias o de otro operador.
- Telefónica de España tiene un régimen aparte: paga una compensación fijada por ley.
- La ley prohíbe repercutir a los usuarios el importe de la tasa del 1,5 %; fuera de esa regla, su coste puede acabar en parte en los precios, sin que esta ficha pueda decir cuánto.
Qué grava: usar el suelo, el subsuelo o el vuelo de las calles y demás vías públicas municipales para prestar servicios de telecomunicaciones: canalizaciones, cables, arquetas, postes.
Quién no paga o paga menos
- La telefonía móvil queda fuera de la regla del 1,5 % de los ingresos.
- Telefónica de España, que paga en su lugar una compensación propia.
Cuánto se paga
La ley fija para las empresas de suministros de interés general el 1,5 % de los ingresos brutos que facturan cada año en el municipio, sin impuestos indirectos, y excluye de esa regla la telefonía móvil. Las empresas que usan redes de otras restan lo que pagan por el acceso. Cuando no se aplica el 1,5 %, la ordenanza calcula la tasa con la regla general: el valor que tendría en el mercado el uso de ese espacio público. Dos ejemplos: Castellar del Vallès aplica en 2026 el 1,5 % a la telefonía fija y a los demás medios de comunicación que no son telefonía móvil; Humanes de Madrid aplica el 1,5 % a las telecomunicaciones por cable.
Un ejemplo
Un operador que factura 2 millones de euros al año en un municipio paga 30.000 € con la regla del 1,5 %.
Dónde cambia
Cada ayuntamiento decide si la exige y cómo la gestiona. El 1,5 % viene fijado por la ley y no se puede cambiar. En 2024 anotaron ingresos por este concepto 1.265 de los 6.859 ayuntamientos con datos; el de Sevilla sumó 19,7 de los 50,9 millones de euros anotados.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
Como diga la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. En Humanes de Madrid, por ejemplo, las empresas declaran sus ingresos en los primeros quince días de cada trimestre y el ayuntamiento liquida; a los operadores de telefonía móvil la ordenanza les pide una declaración anual antes del 30 de abril, con pagos trimestrales a cuenta.
- Quién lo cobra
- El ayuntamiento, si ha aprobado la tasa en una ordenanza fiscal
No entra en la calculadora de una vida
No entra Solo lo pagan empresas. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Los datos
- Recaudación en 2024
-
52,7 millones de euros
Estimación Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
- Recaudación por habitante en 2024
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1,08 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
2 datos más Ayuntamientos con ingresos por este concepto en 2024 · Importe anotado en 2024 por las entidades que informan
- Ayuntamientos con ingresos por este concepto en 2024
-
1.265 de los 6.859 con datos
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad)
- Importe anotado en 2024 por las entidades que informan
-
50,9 millones de euros; de ellos, 19,7 millones en Sevilla y 3,9 millones en Barcelona
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad)
Fuentes
6 fuentes oficiales, 1 cálculo propio BOE · Ayuntamiento de Castellar del Vallès · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º 310 · Ministerio de Hacienda y más. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (texto consolidado, última actualización de 7 de octubre de 2026)
- Dato oficialBOE, Orden EHA/3565/2008, estructura de los presupuestos de las entidades locales (conceptos 332 a 339)
- Dato oficialBOE, Ley 15/1987, de 30 de julio, de tributación de la Compañía Telefónica Nacional de España, artículos 3 a 5 (texto consolidado)
- Dato oficialAyuntamiento de Castellar del Vallès, ordenanzas fiscales de 2026: ordenanza fiscal n.º A11, tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general Artículos 2 y 3 (incluye la telefonía fija y otros medios de comunicación distintos de la telefonía móvil) y 1,5 % sobre los ingresos brutos.
- Dato oficialBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid n.º 310, de 30 de diciembre de 2024: Ayuntamiento de Humanes de Madrid, modificación de la ordenanza fiscal n.º 2.8, tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local Epígrafe J y artículo 18 (1,5 % para telecomunicaciones por cable) y normas de gestión.
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad) Derechos reconocidos netos del concepto 333 de las entidades que informan. Recuento hecho para esta ficha sobre la base consultada el 11 de octubre de 2026; no es el total nacional. La base no dice con qué método calcula la tasa cada ayuntamiento.
- EstimaciónCálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda) Estimación del total nacional: importe de las entidades que informan multiplicado por el cociente entre el total nacional oficial de su artículo presupuestario y la suma de las entidades que informan en ese artículo (factores de 1,007 a 1,103). Los euros por habitante dividen la estimación entre la población de 1-7-2024 (48.821.936, INE).
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Estimación propia del total nacional de 2024 (concepto presupuestario 333). En las entidades que informan: 50,9 M€ de derechos reconocidos y 29,5 M€ cobrados en el año; 19,7 M€ son del Ayuntamiento de Sevilla.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.
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