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Cambiar el Concierto Económico para que las haciendas forales puedan aplicar su propia normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes a no residentes sin establecimiento permanente
Cumplida 30 de abril de 2025
Evaluación de IA sin revisar. Provisional: estado a 31 de octubre de 2026.
Qué se prometió
«modificar el apartado Uno del artículo 21 del Concierto Económico»
- Documento
- Acuerdo PSOE – EAJ-PNV (Madrid, 10-11-2023)
- Página
- 8
- Capítulo
- 3. Ámbito económico y fiscal — 3.1
- Condición
- con el compromiso de no incurrir en competencia fiscal
Qué se hizo
La Ley 3/2025 (BOE 30-4-2025) modificó el apartado Uno del artículo 21 del Concierto Económico: el Impuesto sobre la Renta de No Residentes pasa a ser tributo concertado de normativa autónoma, y a las rentas obtenidas sin establecimiento permanente en el País Vasco se aplica la normativa de la Diputación Foral competente.