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Introducir beneficios fiscales o ayudas para abaratar los alimentos saludables y sostenibles (frutas, hortalizas, legumbres, cereales integrales)
No cumplida 31 de octubre de 2026
Evaluación de IA sin revisar. Provisional: estado a 31 de octubre de 2026.
Qué se prometió
«introduciremos beneficios fiscales o ayudas económicas a los alimentos saludables y sostenibles»
- Documento
- Un programa por ti
- Página
- 68
- Capítulo
- Una democracia económica y ecosocial — 4. Por un mundo rural vivo y activo — 4.3 Alimentación saludable (2. Política fiscal para incentivar el consumo de alimentos saludables y sostenibles)
Qué se hizo
El RDL 8/2023 (BOE 28-12-2023) y el RDL 4/2024 (BOE 27-6-2024) prorrogaron el IVA del 0 % de frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que venía de antes del mandato, hasta el 30-9-2024, y lo fijaron en el 2 % hasta el 31-12-2024. Desde el 1-1-2025 esos alimentos volvieron al 4 % anterior (art. 91.Dos.1.1.º de la Ley 37/1992, en la redacción vigente a 31-10-2026). El único cambio permanente fue el paso de los aceites de oliva al 4 % desde el 1-1-2025 (RDL 4/2024).
Los dos codificadores no coincidieron: la decidió un tercer revisor con las fuentes.