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Un impuesto de Aragón

Impuesto a grandes superficies de Aragón

Impuesto medioambiental sobre las grandes áreas de venta (Aragón)

Un impuesto aragonés que pagan los comercios con más de 500 m² de venta y aparcamiento para clientes. Se calcula por metros cuadrados y los primeros 2.000 m² no pagan.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • El titular de la actividad comercial del establecimiento.
  • Lo ingresa la empresa, pero su coste puede acabar en parte en precios, salarios o beneficios; en qué proporción no tiene una respuesta única.

Qué grava: el daño ambiental que la ley atribuye al tráfico de vehículos que atraen los establecimientos comerciales situados en Aragón que tienen una gran área de venta (más de 500 m² de venta al público) y aparcamiento para sus clientes.

Quién no paga o paga menos

  • El comercio mayorista.
  • Los mercados municipales y las galerías de alimentación con venta tradicional que no estén anexos a una gran área de venta.
  • Las cooperativas de consumidores y los economatos que no venden al público en general.
2 casos más Los establecimientos dedicados solo a maquinaria y suministros industriales; en la práctica
  • Los establecimientos dedicados solo a maquinaria y suministros industriales, materiales de construcción para profesionales, viveros, mobiliario en tiendas especializadas, concesionarios de automóviles o carburantes.
  • En la práctica, los establecimientos cuya superficie computable no pasa de 2.000 m²: ese primer tramo tributa a 0 €.

Cuánto se paga

Se suma la superficie de venta, la de aparcamiento y la de otros usos (esta última, con un tope del 25 % de la de venta). Los primeros 2.000 m² no pagan y el resto tributa por tramos, entre 10,20 € y 14,70 € por metro cuadrado. La cuota se multiplica por un coeficiente según el suelo: 1 en suelo urbano; 1,10 en urbanizable con plan parcial aprobado; 1,25 en urbanizable sin plan parcial o no urbanizable genérico, y 1,5 en no urbanizable especial. Hay una deducción del 20 % de las inversiones ambientales, con un tope del 30 % de la cuota.

Un ejemplo

Un establecimiento con 6.000 m² computables en suelo urbano paga 10.200 € + 25.500 € + 14.700 € = 50.400 € al año.

Escala por superficie del establecimiento
Tramo de superficie Euros por metro cuadrado
Hasta 2.000 m² 0 €
De 2.000 a 3.000 m² 10,20 €
De 3.000 a 5.000 m² 12,75 €
De 5.000 a 10.000 m² 14,70 €
Más de 10.000 m² 13,50 €

Cada importe se aplica solo a los metros que caen en su tramo. Artículo 22 del texto refundido.

Dónde cambia

Solo se aplica en Aragón. Cataluña y Asturias tienen impuestos parecidos con otras reglas de cálculo.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Con una autoliquidación en los primeros 20 días naturales de enero del año siguiente. Durante el año se adelantan pagos a cuenta en los primeros 20 días naturales de abril, julio y octubre. El impuesto nace el 31 de diciembre.

Quién lo cobra
La Administración tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón
Desde cuándo
Lo creó una ley aragonesa de diciembre de 2005. El texto refundido vigente es de mayo de 2025.

No entra en la calculadora de una vida

No entra Solo lo pagan empresas. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Lo que recauda

Recaudación en 2025
5,04 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
3,66 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

2 fuentes oficiales Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.

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