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Un impuesto de Baleares

Tasa turística de Baleares (ecotasa)

Impuesto sobre estancias turísticas (Illes Balears)

Lo que pagas por persona y día cuando te alojas en un hotel, un apartamento, una vivienda turística o un camping de las Illes Balears, o haces escala en un crucero. En temporada baja se paga la cuarta parte.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Quien se aloja, viva donde viva.
  • Lo cobra el alojamiento, que lo ingresa después.
  • En un crucero lo pagan los pasajeros en tránsito.

Qué grava: alojarse, con noche o sin ella, en un establecimiento turístico de Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera: hoteles, apartamentos turísticos, viviendas de alquiler turístico, agroturismos, hostales, campings y albergues. También la escala de un crucero en un puerto de las islas.

Quién no paga o paga menos

  • Los menores de 16 años.
  • Quien se aloja por motivos de salud, y sus acompañantes, si lo justifica.
  • Las estancias por causa de fuerza mayor.
2 casos más Las estancias subvencionadas por programas sociales de una administración pública de la Unión Europea; el personal sanitario y docente del programa de alojamiento temporal en Ibiza y Formentera
  • Las estancias subvencionadas por programas sociales de una administración pública de la Unión Europea.
  • El personal sanitario y docente del programa de alojamiento temporal en Ibiza y Formentera.

Cuánto se paga

Un importe fijo por persona y día, de 1 € a 4 € según la clase de alojamiento. Del 1 de noviembre al 30 de abril tiene una rebaja del 75 %. A partir del noveno día en el mismo alojamiento se paga la mitad.

Un ejemplo

Dos adultos, siete noches en julio en un hotel de 4 estrellas: 3 € × 2 × 7 = 42 €. La misma estancia en febrero: 10,50 €.

La tabla completa (11 filas) Importe por persona y día en las Illes Balears
Importe por persona y día en las Illes Balears
Alojamiento De mayo a octubre De noviembre a abril
Hoteles y apartahoteles de 5 estrellas, 5 gran lujo y 4 superior 4 € 1 €
Hoteles y apartahoteles de 4 estrellas y 3 superior 3 € 0,75 €
Hoteles y apartahoteles de 1, 2 y 3 estrellas 2 € 0,50 €
Apartamentos turísticos de 4 llaves y 4 superior 4 € 1 €
Apartamentos turísticos de 3 llaves superior 3 € 0,75 €
Apartamentos turísticos de 1, 2 y 3 llaves 2 € 0,50 €
Viviendas turísticas de vacaciones y de alquiler turístico 2 € 0,50 €
Hoteles rurales, agroturismos, hospederías y turismo de interior 2 € 0,50 €
Hostales, pensiones, posadas, casas de huéspedes y campings 1 € 0,25 €
Albergues y refugios 1 € 0,25 €
Cruceros 2 € 0,50 €

Tarifa del artículo 13 de la Ley 2/2016. La columna de noviembre a abril aplica la bonificación del 75 %.

Dónde cambia

La tarifa es la misma en las cuatro islas. Cambia con la clase de alojamiento y con la temporada.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Lo pagas en el alojamiento. Los establecimientos lo autoliquidan cada trimestre o, si tributan por módulos, una vez al año con un ingreso a cuenta en septiembre.

Toda la recaudación va al Fondo para Favorecer el Turismo Sostenible.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria de las Illes Balears
Desde cuándo
Lo creó la Ley 2/2016, de 30 de marzo

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la ecotasa de Baleares?

De mayo a octubre, por persona y día: 4 € en hoteles de 5 estrellas y de 4 superior, 3 € en los de 4 estrellas, 2 € en los de 1 a 3 estrellas y en viviendas turísticas, y 1 € en hostales, campings y albergues. De noviembre a abril se paga la cuarta parte.

¿Pagan los niños la ecotasa?

No hasta cumplir los 16 años.

¿Pagan la ecotasa los residentes en Baleares?

Sí, si se alojan en un establecimiento turístico. La ley no distingue por lugar de residencia.

No entra en la calculadora de una vida

No entra Depende de dónde te alojes cuando viajas. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Lo que recauda

Recaudación en 2025
142,1 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
113 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

2 fuentes oficiales BOE · Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.

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