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Una contribución especial local
Contribuciones especiales por obras
Contribuciones especiales por ejecución de obras
Lo que un ayuntamiento puede cobrar a los propietarios a los que beneficia una obra pública concreta, para pagar una parte de su coste. No es un recibo periódico: se acuerda obra a obra.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- Los especialmente beneficiados por la obra.
- Si afecta a inmuebles, sus propietarios en el momento en que la obra se termina; si se hace por unas explotaciones empresariales, sus titulares.
- Pagan igual particulares y empresas.
Qué grava: el beneficio o el aumento de valor que una obra pública local da a unos inmuebles o a unos negocios concretos. Hace falta un acuerdo de la entidad local para cada obra, y lo recaudado solo puede gastarse en esa obra.
Quién no paga o paga menos
- No hay exenciones generales. Si una ley o un tratado internacional exime a alguien, su parte no se reparte entre los demás.
Cuánto se paga
En 2026
Hasta el 90 % del coste que soporta la entidad local
Estimación Dato de 2026, del catálogo de tributos Fuente: las fuentes de esta ficha
Entre todos los beneficiados se reparte, como máximo, el 90 % de lo que la obra le cuesta a la entidad local, descontadas las subvenciones que reciba. El porcentaje se decide en cada acuerdo. El reparto se hace con módulos como los metros de fachada, la superficie, el volumen edificable o el valor catastral de cada inmueble.
Un ejemplo
Una obra cuesta 100.000 € y recibe 20.000 € de subvención. El ayuntamiento puede repartir hasta 72.000 €, el 90 % de 80.000 €. Si reparte por metros de fachada y hay 600 metros, salen 120 € por metro: una casa con 10 metros de fachada paga 1.200 €.
Dónde cambia
Depende de que la entidad local decida pagar así una obra. En 2024 ingresaron algo por este concepto 143 de los 6.859 ayuntamientos con datos.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
La entidad local notifica a cada obligado su cuota después de aprobar el acuerdo. Puede pedir pagos anticipados, año a año, antes de terminar. Se puede solicitar que la cuota se fraccione o se aplace hasta cinco años. Contra la cuota cabe recurso de reposición ante la propia entidad.
- Quién lo cobra
- La entidad local que hace la obra: casi siempre el ayuntamiento
Preguntas frecuentes
¿Puede el ayuntamiento cobrarme por arreglar mi calle?
Puede, si aprueba contribuciones especiales para esa obra y la obra beneficia de forma especial a tu inmueble. Entre todos los afectados no puede repartir más del 90 % de lo que le cuesta, y puedes recurrir tu cuota.
¿Qué diferencia hay con las cuotas de urbanización?
Las contribuciones especiales son un tributo de la ley de haciendas locales, con el tope del 90 % del coste. Las cuotas de urbanización salen de la legislación urbanística, que pone a cargo de los propietarios todas las obras de urbanizar un suelo.
No entra en la calculadora de una vida
No entra Solo se paga si haces una obra, pides una licencia o se urbaniza tu calle. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Los datos
- Recaudación en 2024
-
6,8 millones de euros
Estimación Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
- Recaudación por habitante en 2024
-
0,14 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
Un dato más Ayuntamientos que las ingresaron en 2024
- Ayuntamientos que las ingresaron en 2024
-
143 de los 6.859 con datos
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad)
Fuentes
2 fuentes oficiales, 1 cálculo propio BOE · Ministerio de Hacienda · Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), artículos 28 a 37; texto consolidado con la última actualización publicada el 7 de octubre de 2026
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad) Derechos reconocidos netos de las entidades que informan (6.859 ayuntamientos, con 45,9 millones de habitantes, más diputaciones, mancomunidades, consorcios y áreas metropolitanas). Recuento hecho para esta ficha sobre la base consultada el 10 de octubre de 2026; no es el total nacional.
- EstimaciónCálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda) Estimación del total nacional: importe de las entidades que informan multiplicado por el cociente entre el total nacional oficial de su artículo presupuestario y la suma de las entidades que informan en ese artículo (factores de 1,007 a 1,103). Los euros por habitante dividen la estimación entre la población de 1-7-2024 (48.821.936, INE).
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Estimación propia del total nacional de 2024 (concepto presupuestario 350). En las entidades que informan: 6,8 M€ de derechos reconocidos y 4,1 M€ cobrados en el año. También la pagan las empresas.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.
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