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Un impuesto de Extremadura

Impuesto extremeño sobre eléctricas y redes

Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente (Extremadura)

Lo pagan en Extremadura las empresas que producen electricidad, salvo con sol, viento, biomasa o biogás, y las dueñas de líneas eléctricas y redes de telefonía. La producción paga 0,0050 € por kilovatio hora.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Las compañías eléctricas, por sus centrales nucleares, hidroeléctricas y demás no exentas; las empresas de redes eléctricas; y los operadores de telefonía.
  • Es un coste de la electricidad y de las redes.
  • La ley estatal del sector eléctrico prevé que el sobrecoste de los impuestos autonómicos sobre el suministro pueda cobrarse, con un suplemento, a los consumidores de la comunidad que los establece.

Qué grava: producir, almacenar o transformar electricidad en Extremadura, y transportar electricidad, telefonía o datos por redes fijas: líneas, postes y antenas. La base de la producción no es la del año, sino la media de los tres últimos ejercicios.

Quién no paga o paga menos

  • La electricidad producida con energía solar o eólica, y la de centrales de biomasa o biogás, salvo que alteren de forma grave y evidente el medio ambiente.
  • Las instalaciones destinadas al autoconsumo.
  • Las instalaciones del Estado, de la comunidad, de los ayuntamientos y de sus organismos autónomos.
2 casos más Las instalaciones ferroviarias; las estaciones transformadoras y las redes de distribución en baja tensión que no producen electricidad
  • Las instalaciones ferroviarias.
  • Las estaciones transformadoras y las redes de distribución en baja tensión que no producen electricidad.

Cuánto se paga

La electricidad paga 0,0050 € por kilovatio hora, sea nuclear o no; las centrales hidroeléctricas de 10 megavatios o menos pagan 0,0010 €. Las redes pagan una cantidad fija por kilómetro, poste o antena.

Un ejemplo

Una central cuya producción media de los tres últimos años es de 15.000 millones de kWh paga 15.000.000.000 × 0,0050 = 75.000.000 € al año. La producción es un supuesto.

Tipos de 2026
Actividad Tipo
Electricidad de origen nuclear 0,0050 € por kWh
Resto de electricidad sujeta 0,0050 € por kWh
Centrales hidroeléctricas de 10 MW o menos 0,0010 € por kWh
Línea eléctrica de menos de 400 kV 700 € por km o poste
Línea eléctrica de 400 kV o más 1.200 € por km o poste
Telefonía y telemática 700 € por km, poste o antena

Los kWh son la producción bruta media de los tres últimos ejercicios.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Una vez al año. El impuesto nace el 30 de junio y se autoliquida en julio, el mes siguiente.

Quién lo cobra
La Junta de Extremadura, a través de su administración tributaria
Desde cuándo
Viene de la Ley 7/1997 de Extremadura, de medidas fiscales sobre la producción y el transporte de energía. Los tipos de producción actuales se aplican desde 2012.

Preguntas frecuentes

¿Pagan las plantas solares de Extremadura?

No. La producción de electricidad con energía solar o eólica no está sujeta a este impuesto, salvo que altere de forma grave y evidente el medio ambiente.

¿Sobre qué producción se calcula?

Sobre la producción bruta media de los tres últimos ejercicios, en kilovatios hora, y no sobre la del año en curso.

No entra en la calculadora de una vida

No entra No lo paga el particular: lo pagan empresas u otras entidades. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Lo que recauda

Recaudación en 2025
101,4 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
96 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

3 fuentes oficiales Ministerio de Hacienda · BOE. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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