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Un impuesto de Cataluña

Impuesto catalán sobre eléctricas y redes

Impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente (Cataluña)

Lo pagan en Cataluña las empresas que producen electricidad con nuclear, gas y otras fuentes no renovables, y las dueñas de líneas de alta tensión, cable telefónico aéreo y torres de telecomunicaciones.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Las compañías eléctricas, por sus centrales nucleares, de gas y demás no renovables; las empresas de transporte y distribución de electricidad; y los operadores de telefonía y de torres.
  • La ley catalana prohíbe expresamente repercutirlo a los consumidores, y ningún pacto entre las partes puede cambiarlo.

Qué grava: producir, almacenar o transformar electricidad en Cataluña; transportarla por líneas de 30 kilovoltios o más; y tener cable aéreo de telefonía o torres de telecomunicaciones. La electricidad solar, eólica, hidráulica y del resto de renovables no está sujeta. Tampoco la de biomasa, biogás o cogeneración de alta eficiencia.

Quién no paga o paga menos

  • La producción de electricidad con energía solar, eólica, hidráulica y el resto de renovables.
  • Las centrales de biomasa o biogás, la cogeneración de alta eficiencia y las plantas de tratamiento de purines y de secado de lodos de depuradora.
  • Las instalaciones destinadas al autoconsumo.
3 casos más Las instalaciones de las administraciones; las instalaciones para la circulación de ferrocarriles…
  • Las instalaciones de las administraciones, salvo que su explotación esté cedida a una empresa privada por concesión.
  • Las instalaciones para la circulación de ferrocarriles.
  • Las estaciones transformadoras, las redes de menos de 30 kV y las líneas que evacuan la electricidad de instalaciones renovables.

Cuánto se paga

En la producción de electricidad se paga por cada kilovatio hora producido. En el transporte, una cantidad fija por kilómetro de línea, mayor cuanto más alta es la tensión. En telefonía, por kilómetro de cable aéreo o por torre. Quien entierra cable tiene una rebaja por cada kilómetro enterrado en los doce meses anteriores.

Un ejemplo

Una central que produce 8.000 millones de kWh en el año paga 8.000.000.000 × 0,00665 = 53.200.000 €. La producción es un supuesto.

Tipos de 2026
Actividad Tipo
Producción de electricidad, con carácter general 0,00665 € por kWh
Producción en centrales de ciclo combinado 0,00133 € por kWh
Línea eléctrica de 30 kV a menos de 110 kV 400 € por km
Línea eléctrica de 110 kV a 220 kV 700 € por km
Línea eléctrica de más de 220 kV 1.200 € por km
Cable aéreo de telefonía o telemática 700 € por km
Torre de telecomunicaciones 700 € por torre

Los tipos de las líneas, del cable y de las torres se pagan aunque la instalación esté en desuso.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Los productores de electricidad declaran con el modelo 550 del 1 al 20 de enero y adelantan pagos a cuenta en los 20 primeros días de abril, julio y octubre. El resto de actividades usan el modelo 560, del 1 al 20 de octubre.

La ley reparte lo recaudado por destinos: transición energética, un fondo para las zonas próximas a las centrales nucleares, el Fondo Climático, gestión forestal, pesca y redes de telecomunicaciones en zonas rurales.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria de Cataluña
Desde cuándo
Lo creó la Ley 5/2020 de Cataluña. Los tipos actuales de la producción de electricidad rigen desde el 8 de abril de 2022.

Preguntas frecuentes

¿Me lo pueden cobrar en la factura de la luz o del teléfono?

La ley catalana que lo regula prohíbe a las empresas repercutirlo a los consumidores, y esa prohibición no se puede cambiar con un pacto. Cosa distinta es el suplemento que la ley estatal del sector eléctrico permite añadir a la factura de la luz por los impuestos autonómicos: no depende de las empresas y necesita una orden ministerial.

¿Pagan los parques solares y eólicos?

No. La producción con energía solar, eólica, hidráulica y demás renovables no está sujeta a este impuesto.

No entra en la calculadora de una vida

No entra No lo paga el particular: lo pagan empresas u otras entidades. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Lo que recauda

Recaudación en 2025
182,7 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
22 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

3 fuentes oficiales Ministerio de Hacienda · Agencia Tributaria de Cataluña · BOE. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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