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Un impuesto estatal
Impuesto a la producción de electricidad
Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE)
Un impuesto sobre lo que cobran las centrales por la electricidad que vierten a la red. Lo pagan quienes producen electricidad, no quienes la consumen.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- Solo lo pagan productores de electricidad, en su mayoría empresas.
- No aparece en tu factura.
- Puede acabar en el precio mayorista de la luz y, a través de él, en lo que pagan los consumidores, sin que haya un dato de cuánto.
Qué grava: producir electricidad e incorporarla al sistema eléctrico, con cualquier tecnología y en cualquier instalación: nucleares, de gas, hidráulicas, eólicas, solares y las demás.
Cuánto se paga
El 7 % de todo lo que cobra cada instalación en el año por la electricidad que incorpora a la red. En 2026 se descuenta una parte de esos ingresos antes de aplicar el tipo: el 10 % de lo cobrado por el primer trimestre, el 100 % por el segundo, el 30 % por el tercero y el 40 % por el cuarto. El tipo será del 3,5 % en 2027 y del 0 % desde 2028.
Un ejemplo
Una instalación que cobra 100.000 € por la electricidad del tercer trimestre de 2026 tributa sobre 70.000 €: al 7 %, son 4.900 €.
| Periodo | Tipo | Ingresos que se descuentan |
|---|---|---|
| Primer trimestre de 2026 | 7 % | 10 % |
| Segundo trimestre de 2026 | 7 % | 100 % |
| Tercer trimestre de 2026 | 7 % | 30 % |
| Cuarto trimestre de 2026 | 7 % | 40 % |
| Año 2027 | 3,5 % | Ninguno |
| Desde 2028 | 0 % | Ninguno |
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
El productor presenta una autoliquidación al año, en noviembre del año siguiente, y hace pagos a cuenta del 1 al 20 de mayo, septiembre, noviembre y febrero. Quien cobró 500.000 € o menos el año anterior hace un único pago a cuenta, en noviembre.
Se aplica en toda España; en el País Vasco y Navarra, según el Concierto y el Convenio.
- Quién lo cobra
- La Agencia Tributaria, para el Estado
- Desde cuándo
- Se aplica desde el 1 de enero de 2013. Una norma de junio de 2026 fijó su reducción al 3,5 % en 2027 y al 0 % desde 2028.
Preguntas frecuentes
¿El impuesto del 7 % a la generación eléctrica sale en mi factura de la luz?
No. Lo pagan los productores de electricidad sobre lo que cobran por la energía que vierten a la red. En tu factura figuran el impuesto sobre la electricidad y el IVA.
¿Cuándo desaparece el impuesto del 7 % a la producción eléctrica?
El tipo es del 7 % en 2026, baja al 3,5 % en 2027 y es del 0 % desde el 1 de enero de 2028. Desde esa fecha los productores no tienen que presentar la declaración ni hacer pagos a cuenta.
No entra en la calculadora de una vida
No entra No lo paga el particular: lo pagan empresas u otras entidades. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Los datos
- Recaudación en 2025
-
1.840 millones de euros
Dato oficial Fuente: Agencia Tributaria, Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025, cuadro 6.2 (impuestos medioambientales)
- Recaudación por habitante en 2025
-
37 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Agencia Tributaria, Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025, cuadro 6.2 (impuestos medioambientales)
Un dato más Ingresos de los productores sobre los que se calculó en 2025
- Ingresos de los productores sobre los que se calculó en 2025
-
26.008,6 millones de euros, con una demanda eléctrica de 256.086,5 gigavatios hora
Dato oficial Fuente: Agencia Tributaria, Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025, cuadro 6.2 (impuestos medioambientales)
Fuentes
4 fuentes oficiales BOE · Agencia Tributaria. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, Ley 15/2012, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (texto consolidado)
- Dato oficialBOE, Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio (texto consolidado)
- Dato oficialAgencia Tributaria, Informe Anual de Recaudación Tributaria 2025, cuadro 6.2 (impuestos medioambientales)
- Dato oficialBOE, Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, artículo 22: sin declaración ni pagos a cuenta cuando el tipo sea del 0 % Pendiente de convalidación el 11 de octubre de 2026.
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Recaudación: 2025; caja de la Agencia Tributaria. Otras fuentes: BOE, Ley 15/2012 de medidas fiscales para la sostenibilidad energética (texto consolidado); BOE, Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.
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