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Un impuesto de Galicia
Impuesto ambiental minero de Galicia
Impuesto compensatorio ambiental minero (Galicia)
Lo pagan en Galicia las empresas que extraen minerales metálicos y metales preciosos: 12.500 € al año por cada hectárea alterada y sin restaurar, más un importe por cada tonelada de residuos mineros.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- La empresa que extrae o que explota el depósito de residuos, aunque la concesión minera sea de otra.
- Si los residuos vienen de una mina de fuera, paga quien explota el depósito.
- No le llega a un particular.
Qué grava: dos cosas: alterar el suelo al extraer minerales metálicos industriales y metales preciosos, y depositar o almacenar en Galicia los residuos de esa minería. No entran las canteras de granito, pizarra y otras piedras ornamentales, ni los áridos de relleno, ni las aguas minerales.
Quién no paga o paga menos
- La extracción de granito, pizarra y otras piedras ornamentales.
- Los minerales no metálicos: los destinados a la agricultura, la industria química, el vidrio y la cerámica, y los de carga, relleno o cubrición.
- Los hidrocarburos, los recursos geotérmicos y las aguas minerales y termales.
2 casos más La extracción ocasional y de poca importancia que hace el dueño de un terreno para su propio uso; la superficie que ya está restaurada
- La extracción ocasional y de poca importancia que hace el dueño de un terreno para su propio uso, sin técnicas mineras.
- La superficie que ya está restaurada: solo cuenta la alterada sin restaurar a 31 de diciembre.
Cuánto se paga
Una cantidad anual por hectárea alterada que todavía no se ha restaurado, y otra por cada tonelada o metro cúbico de residuo minero depositado en el año, según su peligrosidad.
Un ejemplo
Una explotación con 40 hectáreas alteradas y sin restaurar paga 40 × 12.500 = 500.000 € al año por ese concepto.
| Concepto | Tipo |
|---|---|
| Hectárea, o fracción, alterada y no restaurada | 12.500 € |
| Residuo peligroso depositado | 0,125 € por tonelada o m³ |
| Residuo no peligroso no inerte | 0,0125 € por tonelada o m³ |
| Residuo no peligroso inerte | 0,00625 € por tonelada o m³ |
Los residuos del proceso de beneficio del mineral se multiplican por 1,2. Los que vienen de fuera de Galicia, por 1,5.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
Cada año. La empresa presenta una declaración inicial por cada concesión y por cada depósito de residuos, hace pagos a cuenta y cierra con una autoliquidación. Se calcula con la situación de la explotación a 31 de diciembre.
Descontados los costes de gestión, todo va a actuaciones de compensación ambiental y territorial, de paisaje y de desarrollo tecnológico minero.
- Quién lo cobra
- La hacienda de la Xunta de Galicia
- Desde cuándo
- En vigor desde el 1 de enero de 2015. Lo creó la Ley 12/2014 de Galicia, de medidas fiscales y administrativas.
Preguntas frecuentes
¿Pagan las canteras de granito o de pizarra?
No. El impuesto solo alcanza a la minería de minerales metálicos industriales y metales preciosos. Las piedras ornamentales quedan fuera.
No entra en la calculadora de una vida
No entra No lo paga el particular: lo pagan empresas u otras entidades. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Lo que recauda
- Recaudación en 2025
-
2,23 millones de euros
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)
- Recaudación por habitante en 2025
-
0,82 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)
Fuentes
2 fuentes oficiales Ministerio de Hacienda · BOE. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, Tributación Autonómica. Medidas 2026, capítulo III (impuestos propios), actualizado a 23 de septiembre de 2026
- Dato oficialBOE, Ley 12/2014 de Galicia, de medidas fiscales y administrativas (texto consolidado)
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Recaudación: 2025; caja de la comunidad, ejercicio corriente y cerrados. Los euros por habitante son por residente de Galicia, no de toda España.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.
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