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Un impuesto de Galicia

Impuesto ambiental minero de Galicia

Impuesto compensatorio ambiental minero (Galicia)

Lo pagan en Galicia las empresas que extraen minerales metálicos y metales preciosos: 12.500 € al año por cada hectárea alterada y sin restaurar, más un importe por cada tonelada de residuos mineros.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • La empresa que extrae o que explota el depósito de residuos, aunque la concesión minera sea de otra.
  • Si los residuos vienen de una mina de fuera, paga quien explota el depósito.
  • No le llega a un particular.

Qué grava: dos cosas: alterar el suelo al extraer minerales metálicos industriales y metales preciosos, y depositar o almacenar en Galicia los residuos de esa minería. No entran las canteras de granito, pizarra y otras piedras ornamentales, ni los áridos de relleno, ni las aguas minerales.

Quién no paga o paga menos

  • La extracción de granito, pizarra y otras piedras ornamentales.
  • Los minerales no metálicos: los destinados a la agricultura, la industria química, el vidrio y la cerámica, y los de carga, relleno o cubrición.
  • Los hidrocarburos, los recursos geotérmicos y las aguas minerales y termales.
2 casos más La extracción ocasional y de poca importancia que hace el dueño de un terreno para su propio uso; la superficie que ya está restaurada
  • La extracción ocasional y de poca importancia que hace el dueño de un terreno para su propio uso, sin técnicas mineras.
  • La superficie que ya está restaurada: solo cuenta la alterada sin restaurar a 31 de diciembre.

Cuánto se paga

Una cantidad anual por hectárea alterada que todavía no se ha restaurado, y otra por cada tonelada o metro cúbico de residuo minero depositado en el año, según su peligrosidad.

Un ejemplo

Una explotación con 40 hectáreas alteradas y sin restaurar paga 40 × 12.500 = 500.000 € al año por ese concepto.

Tipos anuales
Concepto Tipo
Hectárea, o fracción, alterada y no restaurada 12.500 €
Residuo peligroso depositado 0,125 € por tonelada o m³
Residuo no peligroso no inerte 0,0125 € por tonelada o m³
Residuo no peligroso inerte 0,00625 € por tonelada o m³

Los residuos del proceso de beneficio del mineral se multiplican por 1,2. Los que vienen de fuera de Galicia, por 1,5.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Cada año. La empresa presenta una declaración inicial por cada concesión y por cada depósito de residuos, hace pagos a cuenta y cierra con una autoliquidación. Se calcula con la situación de la explotación a 31 de diciembre.

Descontados los costes de gestión, todo va a actuaciones de compensación ambiental y territorial, de paisaje y de desarrollo tecnológico minero.

Quién lo cobra
La hacienda de la Xunta de Galicia
Desde cuándo
En vigor desde el 1 de enero de 2015. Lo creó la Ley 12/2014 de Galicia, de medidas fiscales y administrativas.

Preguntas frecuentes

¿Pagan las canteras de granito o de pizarra?

No. El impuesto solo alcanza a la minería de minerales metálicos industriales y metales preciosos. Las piedras ornamentales quedan fuera.

No entra en la calculadora de una vida

No entra No lo paga el particular: lo pagan empresas u otras entidades. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Lo que recauda

Recaudación en 2025
2,23 millones de euros

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Recaudación por habitante en 2025
0,82 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica 2026, capítulo III (impuestos propios)

Fuentes

2 fuentes oficiales Ministerio de Hacienda · BOE. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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