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Un impuesto local
Impuesto de obras (ICIO)
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
Lo que cobra el ayuntamiento por hacer una obra que necesita licencia, declaración responsable o comunicación previa. Es un porcentaje del coste de la obra, con un máximo del 4 %.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- El dueño de la obra, que es quien corre con su coste, sea o no el propietario del inmueble.
- Si la obra no la hace el propio dueño, el ayuntamiento puede cobrárselo a quien pide la licencia o a quien la ejecuta, por ejemplo el constructor, que tiene derecho a reclamárselo después al dueño.
Qué grava: hacer en el municipio cualquier construcción, instalación u obra para la que haga falta licencia urbanística, declaración responsable o comunicación previa, se haya pedido o no. Vale igual para un edificio nuevo que para una reforma. Para los ayuntamientos es un impuesto voluntario: solo existe donde lo han aprobado.
Quién no paga o paga menos
- Están exentas las obras del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales destinadas a carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, obras hidráulicas y saneamiento.
- Las obras que el pleno del ayuntamiento declare de especial interés o utilidad municipal pueden tener una rebaja de hasta el 95 %, si la ordenanza lo prevé.
- Las obras para instalar placas solares u otros sistemas que aprovechan la energía del sol o del ambiente, de hasta el 95 %, si lo dice la ordenanza.
5 casos más Las obras que mejoran el acceso y la habitabilidad para personas con discapacidad; las obras para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos…
- Las obras que mejoran el acceso y la habitabilidad para personas con discapacidad, de hasta el 90 %, si lo dice la ordenanza.
- Las obras para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos, de hasta el 90 %, si lo dice la ordenanza.
- Las obras de viviendas de protección oficial, de hasta el 50 %, si lo dice la ordenanza.
- Algunas ordenanzas dejan restar del impuesto lo pagado por la tasa de la licencia de esa misma obra.
- En Ceuta y Melilla la cuota tiene una rebaja del 50 %.
Cuánto se paga
En 2026
Hasta el 4 % del coste de ejecución material
Dato oficial Dato de 2026, del catálogo de tributos Fuente: las fuentes de esta ficha
El coste de ejecución material de la obra por el tipo que fije el ayuntamiento, que no puede pasar del 4 %. En ese coste no entran el IVA, los honorarios de arquitectos y otros profesionales, el beneficio del contratista ni las tasas. En 2026, la mediana de los tipos de los municipios que tienen el impuesto es el 2,7 %, y 1.154 municipios aplican el 4 %.
Un ejemplo
Una reforma con 20.000 € de coste de ejecución material paga 800 € en un municipio con el tipo al 4 % y 540 € en uno con el tipo al 2,7 %.
Dónde cambia
Cada ayuntamiento decide si lo tiene, con qué tipo y con qué rebajas. En 2026 lo tienen 6.919 de los 7.391 municipios de régimen común. En Ceuta y Melilla la cuota se rebaja a la mitad. En Navarra y el País Vasco se rige por normas forales.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
Se paga una vez por obra. Al conceder la licencia o al presentar la declaración responsable se paga una cantidad a cuenta, calculada con el presupuesto; muchos ayuntamientos piden que la calcules y la ingreses tú (autoliquidación). Al terminar, el ayuntamiento puede comprobar el coste real y cobrar o devolver la diferencia. La obligación de pagar nace al empezar la obra, aunque no haya licencia.
- Quién lo cobra
- El ayuntamiento del municipio donde se hace la obra, que recibe toda la recaudación
- Desde cuándo
- Lo creó la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, publicada el 30 de diciembre de 1988
Preguntas frecuentes
¿Hay que pagar ICIO por reformar el baño o la cocina?
Sí, si en tu municipio esa obra necesita licencia, declaración responsable o comunicación previa y el ayuntamiento tiene el impuesto. Se calcula sobre el coste de ejecución material de la reforma, sin IVA.
¿El ICIO y la tasa de la licencia de obras son lo mismo?
No. El ICIO es un impuesto sobre el coste de la obra. La tasa paga el trámite de la licencia o el control que hace el ayuntamiento. Se pueden cobrar los dos por la misma obra, y algunas ordenanzas dejan restar la tasa del impuesto.
¿El ICIO se calcula sobre el presupuesto con IVA?
No. La base es el coste de ejecución material: quedan fuera el IVA, los honorarios profesionales, el beneficio del contratista y las tasas.
No entra en la calculadora de una vida
No entra Solo se paga si haces una obra, pides una licencia o se urbaniza tu calle. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Los datos
- Recaudación en 2024
-
1.666 millones de euros
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, liquidación de presupuestos de las entidades locales de 2024, total nacional
- Recaudación por habitante en 2024
-
34 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, liquidación de presupuestos de las entidades locales de 2024, total nacional
4 datos más Municipios de régimen común con ICIO en 2026 · Tipo mediano en 2026 entre los municipios que lo tienen · Municipios con…
- Municipios de régimen común con ICIO en 2026
-
6.919 de 7.391
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común)
- Tipo mediano en 2026 entre los municipios que lo tienen
-
2,7 %
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común)
- Municipios con el tipo máximo del 4 % en 2026
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1.154, donde viven 19,0 millones de personas
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común)
- Ayuntamientos que ingresaron algo por ICIO en 2024
-
6.003 de los 6.859 con datos
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad)
Fuentes
5 fuentes oficiales BOE · Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), artículos 59 y 100 a 103; texto consolidado con la última actualización publicada el 7 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (texto original)
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común) Recuentos, medias y medianas calculados para esta ficha sobre el fichero consultado el 10 de octubre de 2026. No incluye País Vasco ni Navarra.
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de los presupuestos de las entidades locales de 2024 (recuento propio por entidad) Derechos reconocidos netos de las entidades que informan (6.859 ayuntamientos, con 45,9 millones de habitantes, más diputaciones, mancomunidades, consorcios y áreas metropolitanas). Recuento hecho para esta ficha sobre la base consultada el 10 de octubre de 2026; no es el total nacional.
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, CONPREL, liquidación de presupuestos de las entidades locales de 2024, total nacional Derechos reconocidos netos.
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. Impuesto potestativo. Recaudación: 2024; derechos reconocidos netos, liquidación de entidades locales; 1.612 en contabilidad nacional 2025. Otras fuentes: BOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (consolidado); IGAE, Impuestos y cotizaciones sociales (SEC 2010), actualización de 30-9-2026.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.
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