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Un impuesto local

Impuesto sobre cotos de caza y pesca

Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios (cotos de caza y pesca)

Un impuesto municipal antiguo, el de gastos suntuarios, del que solo queda una parte: la que grava el aprovechamiento de los cotos privados de caza y de pesca.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • El titular del coto o quien tenga el aprovechamiento de caza o de pesca el 31 de diciembre.
  • El ayuntamiento se lo cobra al propietario de los terrenos acotados, que tiene derecho a exigírselo al titular del aprovechamiento.

Qué grava: el aprovechamiento de un coto privado de caza o de pesca, sea cual sea la forma en que se explote o se disfrute. Es lo único que queda del antiguo Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios: sus demás modalidades se suprimieron el 1 de enero de 1991. Los ayuntamientos pueden seguir cobrándolo con su ordenanza.

Cuánto se paga

En 2026

Hasta el 20 % del valor del aprovechamiento de caza o de pesca, que fija cada ayuntamiento con módulos

Dato oficial Dato de 2026, del catálogo de tributos Fuente: las fuentes de esta ficha

Un porcentaje, que no puede pasar del 20 %, del valor del aprovechamiento de caza o de pesca. Ese valor no es lo que se cobra por cazar o pescar: lo fija el ayuntamiento en su ordenanza con módulos, según el grupo en que se clasifica la finca por su rendimiento medio por unidad de superficie.

Un ejemplo

Un coto cuyo aprovechamiento vale 1.000 € según la ordenanza paga 200 € al año con el tipo máximo del 20 %.

Dónde cambia

Solo se paga en los municipios que tienen cotos y ordenanza: en 2024 ingresaron algo por este impuesto 846 ayuntamientos. Las comunidades autónomas pueden crear su propio impuesto sobre los cotos; si lo hacen, lo pagado al ayuntamiento se descuenta del autonómico. Extremadura tiene uno, con su ficha.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Una vez al año: la obligación nace el 31 de diciembre. Cada ordenanza municipal regula cómo declara y paga el propietario de los terrenos.

Quién lo cobra
El ayuntamiento del municipio donde está el coto o la mayor parte de él
Desde cuándo
El impuesto es anterior a la ley de haciendas locales de 1988. Desde el 1 de enero de 1991 solo se mantiene la modalidad de cotos de caza y pesca.

Preguntas frecuentes

¿Lo paga quien va a cazar al coto?

No directamente. Lo paga el titular del coto o del aprovechamiento, a través del propietario de los terrenos. Puede acabar repartido en lo que el coto cobra a sus socios o a quienes cazan, pero eso depende de cada coto.

No entra en la calculadora de una vida

No entra La calculadora no lo calcula. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Los datos

Recaudación por habitante en 2024
0,07 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, liquidación de presupuestos de las entidades locales de 2024, total nacional

Un dato más Ayuntamientos que lo ingresaron en 2024

Fuentes

4 fuentes oficiales BOE · Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.

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