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Un impuesto local de Ceuta y Melilla

Gravámenes del IPSI sobre tabaco y carburantes

Gravámenes complementarios del IPSI sobre el tabaco y los carburantes

No son impuestos aparte: son dos añadidos del IPSI que Ceuta y Melilla cobran por el tabaco y por los carburantes, productos que allí no pagan los impuestos especiales del resto de España.

Es una parte de este tributo IPSI: la ficha completa

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Lo ingresan los importadores y los titulares de los depósitos autorizados, y llega al comprador dentro del precio del tabaco y del carburante.

Qué grava: fabricar o introducir en Ceuta o en Melilla tabaco, gasolina, gasóleo, queroseno o fuelóleo. El del tabaco lo impone la ley; el de los carburantes solo existe si la ciudad decide ponerlo.

Cuánto se paga

En el tabaco, la ley fija unos tipos sobre el precio de venta al público de los estancos de la Península y permite a cada ciudad rebajarlos por ordenanza hasta un mínimo: Ceuta aplica los mínimos y Melilla, el mínimo en los cigarrillos y el tipo de la ley en lo demás. En los carburantes, Ceuta cobra el 50 % del tipo vigente del impuesto sobre hidrocarburos (el 10 % en el gasóleo para yates y embarcaciones de recreo). Melilla fija importes por 1.000 litros: 132 € la gasolina sin plomo 95, 139 € la de 98, 62 € el gasóleo de uso general y 47 € el queroseno; el fuelóleo, 9 € por tonelada. Se cobran además del IPSI ordinario.

Un ejemplo

En Melilla, 50 litros de gasolina sin plomo 95 llevan 6,60 € de gravamen complementario: 132 € por 1.000 litros son 13,2 céntimos por litro.

Gravamen complementario sobre el tabaco: tipos de la ley y de cada ciudad
Labor Tipo de la ley Mínimo legal Ceuta Melilla
Cigarrillos 54 % del precio más 500 pesetas (3,01 €) por cada 1.000 36 % más 300 pesetas (1,80 €) por cada 1.000 36 % más 1,80 € por cada 1.000 36 % más 1,80 € por cada 1.000
Picadura para liar 37,5 % 25 % 25 % 37,5 %
Cigarros y cigarritos 12,5 % 8,5 % 8,5 % 12,5 %
Las demás labores 22,5 % 15 % 15 % 22,5 %

Artículo 18 bis de la Ley 8/1991, que sigue expresando el tipo específico en pesetas (la conversión a euros es propia). Ceuta: artículo 52 del texto refundido de su ordenanza, publicado en enero de 2019. Melilla: artículo 16 de su ordenanza, publicada el 31 de enero de 2022.

Dónde cambia

Solo existen en Ceuta y Melilla, y cada ciudad fija sus tipos en su ordenanza dentro de los límites de la ley. Las dos ordenanzas recogen el gravamen sobre carburantes: la de Ceuta, como porcentaje del impuesto sobre hidrocarburos, y la de Melilla, con importes fijos.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

No haces ningún trámite: va en el precio. Se liquida al entrar el producto en la ciudad o al salir del depósito autorizado.

Quién lo cobra
Las ciudades de Ceuta y Melilla, como el resto del IPSI
Desde cuándo
Se añadieron a la Ley del IPSI con efectos desde el 1 de enero de 1997

En la calculadora aparece en dos partidas

En la calculadora Si vives en Ceuta o en Melilla: el gravamen de cada litro y, si fumas, el de cada cajetilla.

Las partidas en las que aparece

Estimación Lo que paga en una vida una persona con el salario medio. Euros y normas de 2026 Fuente: cálculo propio

Fuentes

4 fuentes oficiales BOE · Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta · Boletín Oficial de Melilla · Ciudad Autónoma de Melilla. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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