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Una sanción local

Multas urbanísticas

Multas por infracciones urbanísticas

No es un impuesto: es la sanción por construir, reformar o usar un inmueble incumpliendo las normas de urbanismo, por ejemplo hacer una obra sin licencia.

No es un tributo

Es una sanción, un recargo o un interés: se paga por incumplir una norma o por pagar tarde, no por tener, ganar o comprar algo. Va en el catálogo porque también se paga a una administración, y no se suma a los impuestos.

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¿A quién afecta?

Quién lo paga

  • Quien comete la infracción, particular o empresa.
  • Según la ley de cada comunidad pueden responder varias personas a la vez; en las de Madrid y Cataluña, por ejemplo, el promotor, el constructor y los técnicos que dirigen la obra.

Por qué se paga: cometer una infracción urbanística: hacer obras sin licencia o sin ajustarse a ella, construir en un suelo donde no está permitido o dar a un edificio un uso no autorizado. Cada comunidad autónoma define las infracciones en su ley de urbanismo.

Cuánto se paga

No hay una cuantía común: la fija la ley de urbanismo de cada comunidad autónoma, por tramos según la gravedad y a veces en proporción al valor de la obra. Tres ejemplos vigentes en 2026: en la Comunidad de Madrid las multas van de 600 € a 3.000.000 €; en Andalucía, de 600 € a 120.000 €, o más si el valor de lo construido es mayor; en Cataluña llegan hasta 1.500.000 €, o hasta el beneficio obtenido si es mayor.

Tres ejemplos de cuantías vigentes en 2026
Infracción Comunidad de Madrid Andalucía Cataluña
Leve De 600 € a 30.000 € De 600 € a 2.999 € Hasta 3.000 €
Grave De 30.001 € a 600.000 € De 3.000 € a 29.999 € Hasta 150.000 €
Muy grave De 600.001 € a 3.000.000 € De 30.000 € a 120.000 € Hasta 1.500.000 €

En Andalucía, las multas graves y muy graves pueden llegar al 75 % y al 150 % del valor de las obras, de los terrenos o de los daños, si ese valor es mayor. En Cataluña, la multa sube hasta el beneficio obtenido por el infractor, si es mayor.

Dónde cambia

Todo depende de la comunidad autónoma: qué es infracción, los tramos de las multas y los plazos. Esta ficha solo recoge las cuantías de Madrid, Andalucía y Cataluña.

Cómo y cuándo se paga, y con qué norma

Tras un expediente sancionador, la administración notifica la multa con su plazo de pago. Además de pagarla, el infractor puede tener que legalizar la obra o devolver el inmueble a su estado anterior.

Esta ficha recoge solo las multas urbanísticas que ingresan las entidades locales, no las que puedan imponer las comunidades autónomas.

Quién lo cobra
El ayuntamiento u otra entidad local

Preguntas frecuentes

¿Una multa urbanística es lo mismo que el impuesto de obras?

No. La multa es una sanción y solo la paga quien comete una infracción. El impuesto de construcciones (ICIO) y la tasa de la licencia se pagan por hacer una obra legal.

No entra en la calculadora de una vida

No entra Es una sanción o un recargo, no un impuesto. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.

Los datos

Recaudación por habitante en 2024
1,16 €

Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de 2024 (suma propia de los registros de las entidades que informan)

Un dato más Cobrado dentro de 2024 por las entidades locales que informan
Cobrado dentro de 2024 por las entidades locales que informan
23,6 millones de euros, de 55,2 reconocidos

Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de 2024 (suma propia de los registros de las entidades que informan)

Fuentes

5 fuentes oficiales BOE · Ministerio de Hacienda. Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026

Ficha comprobada contra sus fuentes el 11 de octubre de 2026.

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