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- Sanciones y recargos
Una sanción local
Recargos por pagar tarde un tributo local
Recargos del periodo ejecutivo y por declaración extemporánea (entidades locales)
No es un impuesto: es lo que se añade a un recibo o a un tributo local cuando se paga fuera de plazo. Va del 1 % al 20 % según el retraso y según si pagas por tu cuenta o después de un aviso.
No es un tributo
Es una sanción, un recargo o un interés: se paga por incumplir una norma o por pagar tarde, no por tener, ganar o comprar algo. Va en el catálogo porque también se paga a una administración, y no se suma a los impuestos.
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¿A quién afecta?
Quién lo paga
- Quien tenía que pagar el tributo, la tasa o la multa, sea particular o empresa.
Por qué se paga: dos situaciones distintas. Una: dejar pasar el plazo de un recibo o de una liquidación de una entidad local (IBI, impuesto de circulación, basuras, una multa) sin pagar; al día siguiente nace el recargo del periodo ejecutivo. Otra: presentar y pagar por tu cuenta, fuera de plazo, un tributo local que se autoliquida; ahí se aplica el recargo por declaración extemporánea.
Quién no paga o paga menos
- Quien pide un aplazamiento o un fraccionamiento antes de que acabe el plazo de pago: mientras se tramita no empieza el periodo ejecutivo.
Cuánto se paga
Son los mismos recargos que en los tributos del Estado, porque la ley de haciendas locales remite a la Ley General Tributaria. Si no pagas un recibo en plazo: 5 % si pagas antes de recibir la providencia de apremio, 10 % si pagas en el plazo que da esa notificación y 20 % más intereses después. Si presentas tarde una autoliquidación por tu cuenta: 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, sin intereses ni sanción; pasados 12 meses, 15 % más intereses desde ese momento. Este segundo recargo se rebaja un 25 % si lo pagas todo en plazo. Vigentes en 2026.
Un ejemplo
Un recibo de IBI de 500 € que no se pagó en plazo: 525 € si lo pagas antes de recibir la providencia de apremio; 550 € si pagas dentro del plazo de la providencia; después, 600 € más intereses.
| Situación | Recargo | Intereses de demora |
|---|---|---|
| Recibo no pagado en plazo, pagado antes de la providencia de apremio | 5 % | No |
| Recibo no pagado en plazo, pagado en el plazo de la providencia | 10 % | No |
| Recibo no pagado en plazo, en los demás casos | 20 % | Sí |
| Autoliquidación presentada por tu cuenta con menos de un mes de retraso | 1 % | No |
| Autoliquidación presentada por tu cuenta con 3 meses completos de retraso | 4 % | No |
| Autoliquidación presentada por tu cuenta con 11 meses completos de retraso | 12 % | No |
| Autoliquidación presentada por tu cuenta con más de 12 meses de retraso | 15 % | Sí, desde que se cumplen los 12 meses |
Plazo que da la providencia de apremio: si se notifica entre el 1 y el 15, hasta el día 20 de ese mes; si se notifica entre el 16 y el último día, hasta el día 5 del mes siguiente.
Dónde cambia
Los porcentajes son iguales en toda España. Cambia el calendario de cobro de cada ayuntamiento. En Navarra y el País Vasco rigen las normas forales.
Cómo y cuándo se paga, y con qué norma
Se paga junto con la deuda, por los medios que indique el ayuntamiento o su organismo de recaudación. Los recibos anuales que no tienen otro plazo se pagan del 1 de septiembre al 20 de noviembre, pero cada entidad puede fijar su propio calendario, siempre con dos meses de plazo como mínimo.
- Quién lo cobra
- El ayuntamiento, o la diputación u organismo de recaudación que le lleve el cobro
Preguntas frecuentes
¿Qué recargo tiene pagar el IBI fuera de plazo?
El 5 % si pagas antes de que te notifiquen la providencia de apremio, el 10 % si pagas dentro del plazo de esa notificación y el 20 % más intereses de demora después.
¿Cuánto es el recargo por presentar tarde una autoliquidación sin que me la reclamen?
El 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, sin intereses ni sanción. Pasados 12 meses, el 15 %, con intereses desde ese momento. Si lo pagas todo en plazo, el recargo se reduce un 25 %.
No entra en la calculadora de una vida
No entra Es una sanción o un recargo, no un impuesto. La calculadora estima lo que paga una persona a lo largo de su vida, y solo cuenta lo que puede calcular con las preguntas que hace. Cómo se calcula.
Los datos
- Recaudación en 2024
-
341,8 millones de euros
Estimación Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
- Recaudación por habitante en 2024
-
7 €
Estimación Cálculo propio: la recaudación entre la población Fuente: Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda)
2 datos más Recargos reconocidos por las entidades locales que informan, 2024 · Reparto de lo reconocido en 2024 por clase de…
- Recargos reconocidos por las entidades locales que informan, 2024
-
333,0 millones de euros; cobrados en el año, 313,7
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de 2024 (suma propia de los registros de las entidades que informan)
- Reparto de lo reconocido en 2024 por clase de recargo
-
De apremio, 267,0 millones de euros; ejecutivo, 40,8; por declaración extemporánea, 25,2
Dato oficial Fuente: Ministerio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de 2024 (suma propia de los registros de las entidades que informan)
Fuentes
4 fuentes oficiales, 1 cálculo propio BOE · Ministerio de Hacienda · Cálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024. Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), texto consolidado
- Dato oficialBOE, Ley 58/2003, General Tributaria (texto consolidado)
- Dato oficialBOE, Orden EHA/3565/2008, estructura de los presupuestos de las entidades locales (texto consolidado)
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, CONPREL, base de datos de liquidaciones de 2024 (suma propia de los registros de las entidades que informan) Derechos reconocidos netos y recaudación líquida de las entidades locales con datos. No es el total nacional. Sumas propias sobre la base de datos consultada el 9 de octubre de 2026.
- EstimaciónCálculo propio sobre la base de datos de liquidaciones locales de 2024 (CONPREL, Ministerio de Hacienda) Estimación del total nacional: importe de las entidades que informan multiplicado por el cociente entre el total nacional oficial de su artículo presupuestario y la suma de las entidades que informan en ese artículo (factores de 1,007 a 1,103). Los euros por habitante dividen la estimación entre la población de 1-7-2024 (48.821.936, INE).
La nota del catálogo sobre esta figura y sus cifras. No es un tributo. Estimación propia del total nacional de 2024 (concepto presupuestario 392). En las entidades que informan: 333,0 M€ de derechos reconocidos y 313,7 M€ cobrados en el año. También la pagan las empresas.
Ficha comprobada contra sus fuentes el 10 de octubre de 2026.
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