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Una partida de la calculadora

Segunda residencia en el IRPF

Si tienes una vivienda que no es la habitual y no la alquilas, el IRPF te cuenta un ingreso del 1,1 % o del 2 % de su valor catastral, aunque no cobres nada.

Esta partida de la calculadora es una parte de este tributo IRPF: la ficha del tributo completo

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¿A quién afecta?

Qué es

Si tienes una vivienda que no es tu residencia habitual y no la alquilas, el IRPF te cuenta un ingreso por ella aunque no cobres nada. Ese ingreso es un porcentaje del valor catastral y se suma al resto de tu renta en la declaración anual. No se paga aparte: aumenta tu cuota del IRPF.

Cómo te llega: en tu declaración de la renta.

8.200 € en una vida, en un caso de ejemplo

La persona de referencia de la calculadora no paga este concepto. Las cifras son de una persona con el salario medio que tiene desde hoy, a los 30 años, una segunda residencia del precio medio (228.000 €).

Al año
152 € de media, de los 30 a los 84 años

Se paga de los 30 a los 84 años

Máximo: 150 € al año, a los 56 años

Estimación Caso de ejemplo. Importe de cada edad, en euros de 2026 Fuente: cálculo propio

Segunda residencia en el IRPF, junto a los demás impuestos, a cada edad

Cómo lo calculamos

El supuesto de la calculadora en este caso de ejemplo

El 1,7 % del valor catastral de tu segunda residencia (64.800 €) se suma a tu base del IRPF cada año, la mitad a ti y la mitad a tu pareja. Ese porcentaje es la media entre el 1,1 % de los municipios que han revisado su catastro desde 2012 y el 2 % del resto, según lo que pesa cada caso en España

La persona de referencia no tiene segunda residencia. Para esta ficha calculamos una persona con el salario medio que tiene desde hoy, a los 30 años, una segunda residencia del precio medio (228.000 €).

El resto de la cuenta, paso a paso A esa vivienda le asignamos el valor catastral medio, 64.800 €: guarda con su precio la misma proporción que…

A esa vivienda le asignamos el valor catastral medio, 64.800 €: guarda con su precio la misma proporción que la vivienda media. El 1,7 % de ese valor, 1.101 €, se suma cada año a la renta del hogar: la mitad a cada miembro de la pareja.

Lo que paga es la diferencia entre su IRPF con ese ingreso y sin él: 152 € al año de media, de los 30 años hasta el final de la vida, a los 84.

Qué simplificamos cuatro simplificaciones del cálculo, una por línea
  • Usamos un porcentaje medio, el 1,7 %: está entre el 1,1 % de los municipios con el valor catastral revisado desde 2012 y el 2 % del resto, según cuánto valor catastral hay en cada caso. Con el 1,1 %, el ingreso imputado sería de 713 € al año; con el 2 %, de 1.297 €.
  • Suponemos que tienes la vivienda desde hoy hasta el final de tu vida.
  • Si vives en pareja, la mitad de ese ingreso se te imputa a ti y la otra mitad a tu pareja.
  • En Navarra y el País Vasco el IRPF foral no imputa renta por la segunda residencia: allí esta partida es de 0 €.
Qué queda fuera dos cosas que el cálculo no cuenta
  • El IBI de esa vivienda: se suma a la partida del IBI (10.900 € más en una vida con este perfil).
  • Los alquileres: si alquilas la vivienda no hay renta imputada, sino un rendimiento que la calculadora no calcula.
Las cifras por décadas de edad De los 0 a los 84 años, década a década, en euros de 2026
Suma de lo que se paga en cada década de la vida, en euros de 2026
Edad Importe
De 0 a 9 años 0 €
De 10 a 19 años 0 €
De 20 a 29 años 0 €
De 30 a 39 años 1.380 €
De 40 a 49 años 1.530 €
De 50 a 59 años 1.530 €
De 60 a 69 años 1.530 €
De 70 a 79 años 1.530 €
De 80 a 84 años 700 €
Toda la vida 8.200 €
Quién es la persona de referencia Nació en 1996 y gana cada año el salario medio de su edad

Nació en 1996 (tiene 30 años en 2026), gana cada año el salario medio de su edad, empieza a trabajar a los 23, pasa 2 años sin trabajar, se jubila a los 65 y vive 85 años. Vive en pareja, con dos sueldos y sin hijos. Todo va en euros de 2026 y con las normas de 2026. Cómo se hace el cálculo completo.

Cuánto se paga

Se suma a tu renta el 2 % del valor catastral de la vivienda, o el 1,1 % si el valor catastral del municipio se revisó a partir de 2012. Sobre esa cantidad pagas tu tipo del IRPF.

Dónde se paga

La regla es la misma en todo el territorio de régimen común. Lo que cambia es el tipo del IRPF de cada comunidad, que es el que se aplica a la renta imputada. En Navarra y el País Vasco, el IRPF foral no imputa renta por la segunda residencia: allí no se paga.

Quién lo cobra

En Navarra y el País Vasco el IRPF foral no imputa renta por la segunda residencia.

Quién lo cobra
La Agencia Tributaria, dentro de tu declaración de la renta

Preguntas frecuentes

¿Qué es la imputación de rentas inmobiliarias?

Un ingreso que el IRPF te atribuye por tener una vivienda que no es tu residencia habitual y no está alquilada: el 2 % de su valor catastral, o el 1,1 % si el valor catastral del municipio se revisó a partir de 2012. No se paga aparte: aumenta tu cuota del IRPF.

¿Cuánto se paga por una segunda residencia en la renta?

Depende de su valor catastral y de tu tipo del IRPF. Con el valor catastral medio (64.800 €) y un porcentaje medio del 1,7 %, a una persona con el salario medio le supone 152 € al año de media, según nuestra estimación.

Es una partida de la calculadora

En el resultado de la calculadora aparece como «Segunda residencia».

El tributo del que es una parte

Los datos

Hogares con segunda residencia en 2021
15,5 % de los hogares

Dato oficial Fuente: INE, Encuesta de Características Esenciales de la Población y las Viviendas 2021, tabla 56616

Valor catastral medio de una vivienda en 2026
64.837 €

Dato oficial Fuente: Dirección General del Catastro, estadística de inmuebles urbanos 2026 (URBANA2026.xls)

Un dato más Ejemplo: valor catastral de 80.000 € y un tipo del IRPF del 30 %
Ejemplo: valor catastral de 80.000 € y un tipo del IRPF del 30 %
264 € al año con el 1,1 % y 480 € con el 2 %

Estimación Fuente: Cálculo propio con los porcentajes de imputación de la Ley 35/2006 del IRPF

No hay una recaudación publicada que corresponda solo a este concepto. Las cifras parciales que existen están aquí.

Fuentes

4 fuentes oficiales, 2 cálculos propios BOE · INE · Dirección General del Catastro · Cálculo propio con los porcentajes de imputación de la Ley 35/2006 del IRPF y más

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