Calculadora de plusvalía municipal 2026 ¿Cuánto es la plusvalía municipal?
Elige el municipio y escribe el valor catastral, los años que has tenido el inmueble y los precios de compra y de venta. Verás la plusvalía municipal (el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) que sale con cada método y por cuál se paga.
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¿Qué es la plusvalía municipal?
Lo que cobra el ayuntamiento cuando se vende, se hereda o se dona un inmueble urbano. Grava lo que ha subido el valor del suelo desde la vez anterior que cambió de manos, con un tope de 20 años.
- Quién lo paga
- Quien vende, quien hereda o quien recibe la donación.
- Quién lo cobra
- El ayuntamiento del municipio donde está el inmueble, que recibe toda la recaudación.
- Cuándo se paga
- Se paga una vez, al ayuntamiento, después de la transmisión. El plazo para declararla es de 30 días hábiles en ventas y donaciones y de seis meses en herencias, que se puede prorrogar hasta un año si se pide.
Ficha completa Plusvalía municipal Las reglas de 2026, las cifras y las fuentes.
Cómo se calcula
La plusvalía municipal no grava lo que ganas con la venta, sino lo que ha subido el valor del suelo mientras el inmueble ha sido tuyo. Su nombre oficial es impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Es voluntario para los ayuntamientos: el que lo cobra fija su tipo, hasta el 30 %.
30 %
Dos maneras de calcular la baseCon el método objetivo, la base es el valor catastral del suelo, que viene en el recibo del IBI, multiplicado por un coeficiente…
Con el método objetivo, la base es el valor catastral del suelo, que viene en el recibo del IBI, multiplicado por un coeficiente que depende de los años completos de tenencia. La ley fija el máximo de cada año y lo revisa cada cierto tiempo: hoy va de 0,09 a 0,4. Cada ayuntamiento puede aprobar coeficientes más bajos.
Con el método real, la base es la diferencia entre el precio de venta y el de compra que figuran en las escrituras, sin gastos ni impuestos, en la proporción que el suelo representa en el valor catastral. Si esa base es menor que la objetiva, puedes pedir que se aplique; si no hay ganancia, no se paga.
Si has tenido el inmueble menos de un año, el coeficiente se reparte por los meses completos: con 4 meses, se aplica un tercio del coeficiente de menos de un año. Más de veinte años cuentan como veinte.
La calculadora hace las dos cuentas, se queda con la menor y le aplica el tipo de 2026 que tu ayuntamiento ha comunicado al Ministerio de Hacienda. Si conoces el tipo o el coeficiente de tu ayuntamiento, que están en su ordenanza fiscal, escríbelos en «Afina el cálculo».
Lo que pagas aquí es un gasto de la venta en el IRPF: tienes esa otra cuenta en la calculadora del IRPF de la venta de una vivienda.
Quien compra paga los impuestos de la compra, la primera copia de la escritura y el registro: Calcular todos los gastos de la compra.
En una herencia, una donación o un divorcioEn una herencia o una donación paga quien recibe el inmueble, y para el método real cuentan los valores declarados en el impuesto…
En una herencia o una donación paga quien recibe el inmueble, y para el método real cuentan los valores declarados en el impuesto de sucesiones o de donaciones. En las herencias a hijos, cónyuge o padres, muchos ayuntamientos bonifican hasta el 95 % de la cuota: hay que pedirlo y cumplir las condiciones de su ordenanza.
Además de la plusvalía, quien hereda o recibe una donación paga su propio impuesto: tienes la cuenta en la calculadora del impuesto de sucesiones y en la del impuesto de donaciones.
La adjudicación de la vivienda en un divorcio no está sujeta, y la dación en pago de la vivienda habitual está exenta si no tienes otros bienes con los que pagar la deuda. En Navarra, además, están exentas las herencias y donaciones entre padres, hijos y cónyuges.
Mientras tengas el inmueble, el impuesto que pagas cada año es el IBI: lo calcula la calculadora del IBI.
La plusvalía según los años que has tenido el inmueble
Método de los coeficientes para una vivienda con el valor catastral medio de Madrid, con su tipo de 2026.
| Años desde que lo adquiriste | Coeficiente hasta el 30 de noviembre de 2026 | Plusvalía | Coeficiente desde el 1 de diciembre de 2026 | Plusvalía |
|---|---|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,15 | 2.574 € | 0,17 | 2.918 € |
| 1 año | 0,15 | 2.574 € | 0,16 | 2.746 € |
| 2 años | 0,14 | 2.403 € | 0,16 | 2.746 € |
| 3 años | 0,14 | 2.403 € | 0,17 | 2.918 € |
| 4 años | 0,16 | 2.746 € | 0,17 | 2.918 € |
| 5 años | 0,18 | 3.089 € | 0,19 | 3.261 € |
| 6 años | 0,19 | 3.261 € | 0,21 | 3.604 € |
| 7 años | 0,2 | 3.432 € | 0,23 | 3.947 € |
| 8 años | 0,19 | 3.261 € | 0,24 | 4.119 € |
| 9 años | 0,15 | 2.574 € | 0,25 | 4.291 € |
| 10 años | 0,12 | 2.059 € | 0,22 | 3.776 € |
| 11 años | 0,1 | 1.716 € | 0,18 | 3.089 € |
| 12 años | 0,09 | 1.545 € | 0,14 | 2.403 € |
| 13 años | 0,09 | 1.545 € | 0,12 | 2.059 € |
| 14 años | 0,09 | 1.545 € | 0,11 | 1.888 € |
| 15 años | 0,09 | 1.545 € | 0,11 | 1.888 € |
| 16 años | 0,1 | 1.716 € | 0,11 | 1.888 € |
| 17 años | 0,13 | 2.231 € | 0,11 | 1.888 € |
| 18 años | 0,17 | 2.918 € | 0,13 | 2.231 € |
| 19 años | 0,23 | 3.947 € | 0,2 | 3.432 € |
| 20 años o más | 0,4 | 6.865 € | 0,3 | 5.149 € |
Estimación Cálculo propio: 59.180 € de valor catastral del suelo (el 49,4 % de 119.798 €) × coeficiente máximo × 29 % · La tabla de diciembre está pendiente de convalidación Fuente: BOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), arts. 107 y 108, redacción vigente del 28-1-2026 al 30-11-2026
El tipo de cada capital El tipo de 2026 de las capitales de provincia y la plusvalía máxima de su vivienda media a los 10 años
| Capital | Tipo | Valor catastral medio de una vivienda | Plusvalía a los 10 años |
|---|---|---|---|
| A Coruña | 25 % | 49.401 € | 732,12 € |
| Albacete | 27,44 % | 72.261 € | 1.175 € |
| Alicante | 30 % | 50.694 € | 901,54 € |
| Almería | 27 % | 74.016 € | 1.185 € |
| Ávila | 20 % | 65.562 € | 777,30 € |
| Badajoz | 25,74 % | 54.183 € | 826,76 € |
| Barcelona | 30 % | 111.397 € | 1.981 € |
| Bilbao | sin dato | sin dato | sin dato |
| Burgos | 21 % | 78.632 € | 978,87 € |
| Cáceres | 30 % | 42.991 € | 764,55 € |
| Cádiz | 30 % | 70.396 € | 1.252 € |
| Castellón de la Plana | 27 % | 64.592 € | 1.034 € |
| Ceuta | 27 % | 68.256 € | 546,24 € |
| Ciudad Real | 30 % | 56.192 € | 999,31 € |
| Córdoba | 27,52 % | 60.516 € | 987,25 € |
| Cuenca | 30 % | 59.070 € | 1.051 € |
| Girona | 30 % | 44.547 € | 792,23 € |
| Granada | 30 % | 58.199 € | 1.035 € |
| Guadalajara | 30 % | 84.910 € | 1.510 € |
| Huelva | 30 % | 40.623 € | 722,44 € |
| Huesca | sin dato | sin dato | sin dato |
| Jaén | 29 % | 57.039 € | 980,56 € |
| Las Palmas de Gran Canaria | 30 % | 47.844 € | 850,86 € |
| León | 30 % | 55.500 € | 987,02 € |
| Lleida | 30 % | 53.493 € | 951,32 € |
| Logroño | 30 % | 48.718 € | 866,40 € |
| Lugo | 28 % | 35.735 € | 593,15 € |
| Madrid | 29 % | 119.798 € | 2.059 € |
| Málaga | 29 % | 74.382 € | 1.279 € |
| Melilla | 29 % | 66.023 € | 567,51 € |
| Murcia | 30 % | 66.819 € | 1.188 € |
| Ourense | 26 % | 64.375 € | 992,19 € |
| Oviedo | 20 % | 76.722 € | 909,61 € |
| Palencia | 29,8 % | 56.323 € | 994,96 € |
| Palma | 18 % | 77.262 € | 824,42 € |
| Pamplona | sin dato | sin dato | sin dato |
| Pontevedra | 21 % | 46.611 € | 580,25 € |
| Salamanca | 30 % | 45.484 € | 808,89 € |
| San Sebastián | sin dato | sin dato | sin dato |
| Santa Cruz de Tenerife | 30 % | 52.154 € | 927,50 € |
| Santander | 21 % | 90.400 € | 1.125 € |
| Segovia | 15 % | 71.665 € | 637,24 € |
| Sevilla | 26,53 % | 43.936 € | 690,98 € |
| Soria | 18 % | 65.799 € | 702,10 € |
| Tarragona | 30 % | 53.501 € | 951,46 € |
| Teruel | 30 % | 59.725 € | 1.062 € |
| Toledo | 29,88 % | 103.272 € | 1.829 € |
| València | 29,7 % | 48.910 € | 861,12 € |
| Valladolid | 21,76 % | 53.050 € | 684,32 € |
| Vitoria-Gasteiz | sin dato | sin dato | sin dato |
| Zamora | 30 % | 67.685 € | 1.204 € |
| Zaragoza | 28 % | 76.734 € | 1.274 € |
Estimación Cálculo propio con el método de los coeficientes, estimando el suelo en el 49,4 % del valor catastral · Sin bonificaciones de ordenanza · Ceuta y Melilla, con su bonificación del 50 % Fuente: Ministerio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común), y Catastro, estadísticas del catastro inmobiliario urbano de 2026
Bilbao, Huesca, Pamplona, San Sebastián, Vitoria-Gasteiz no tienen tipo en la base del Ministerio de Hacienda: las capitales forales tienen normativa propia.
Venta, herencia, donación o divorcio: quién paga Quién paga y cuándo no se paga, según cómo se transmite, en territorio común y en Navarra
| Cómo se transmite | Quién paga | Territorio común | Navarra |
|---|---|---|---|
| Venta | Quien vende | Se paga | Se paga |
| Herencia de padres, hijos (o abuelos, nietos…) o cónyuge | Quien hereda | Se paga, con la bonificación de la ordenanza, si la tiene (hasta el 95 %) | Exenta |
| Herencia de otras personas | Quien hereda | Se paga | Se paga |
| Donación de padres, hijos (o abuelos, nietos…) o cónyuge | Quien recibe | Se paga, sin bonificación | Exenta |
| Donación de otras personas | Quien recibe | Se paga | Se paga |
| Adjudicación por divorcio, separación o nulidad | Nadie | No sujeta | Exenta |
| Dación en pago o ejecución hipotecaria de la vivienda habitual | Quien la entrega, si no cumple los requisitos | Exenta, con requisitos | La paga la entidad |
| Venta o herencia sin ganancia | Nadie | No sujeta | No sujeta |
Dato oficial Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículos 104 a 108 · Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, artículos 172 a 175 Fuente: BOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), texto consolidado, y la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra
La bonificación de las herencias en dos ordenanzas Zaragoza y València: tipo, bonificación de las herencias en familia y lo que se paga con ella y sin ella
| Ayuntamiento | Tipo | Bonificación | Sin bonificación | Con bonificación |
|---|---|---|---|---|
| Zaragoza | 28 % | 95 % | 4.246 € | 212,28 € |
| València | 29,7 % | 95 % | 2.870 € | 143,52 € |
Estimación Cálculo propio con el método de los coeficientes y el suelo estimado en el 49,4 % del valor catastral · Zaragoza: si es la vivienda habitual del fallecido (otra vivienda, trastero o garaje, también, si el valor catastral del suelo es de menos de 200.000 €), y hay que pedirla con la autoliquidación · València: para cualquier inmueble, y hay que pedirla en el plazo de declaración de seis meses Fuente: Ayuntamiento de Zaragoza, Ordenanza fiscal n.º 9, del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (texto consolidado de 2026), y la ordenanza fiscal de València
Los coeficientes de Navarra Coeficientes máximos de Navarra frente a los de territorio común, año a año
| Años desde que lo adquiriste | Navarra | Territorio común |
|---|---|---|
| Menos de 1 año | 0,06 | 0,15 |
| 1 año | 0,16 | 0,15 |
| 2 años | 0,13 | 0,14 |
| 3 años | 0,26 | 0,14 |
| 4 años | 0,35 | 0,16 |
| 5 años | 0,37 | 0,18 |
| 6 años | 0,35 | 0,19 |
| 7 años | 0,41 | 0,2 |
| 8 años | 0,47 | 0,19 |
| 9 años | 0,52 | 0,15 |
| 10 años | 0,58 | 0,12 |
| 11 años | 0,53 | 0,1 |
| 12 años | 0,42 | 0,09 |
| 13 años | 0,37 | 0,09 |
| 14 años | 0,31 | 0,09 |
| 15 años | 0,26 | 0,09 |
| 16 años | 0,25 | 0,1 |
| 17 años | 0,15 | 0,13 |
| 18 años | 0,06 | 0,17 |
| 19 años | 0,06 | 0,23 |
| 20 años o más | 0,16 | 0,4 |
Dato oficial Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, artículo 175.2, con los coeficientes de la Ley Foral 17/2025 · Tipo de cada ayuntamiento entre el 8 % y el 25 % Fuente: BOE, Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, texto consolidado
Qué no tiene en cuenta
- Los coeficientes propios de cada ayuntamiento. Aquí van los máximos de la ley, así que el resultado es lo más que se puede pagar, salvo que escribas los de tu ayuntamiento.
- Las condiciones de las bonificaciones de cada ordenanza en las herencias: la calculadora aplica el porcentaje que escribas, o el de las ordenanzas de Zaragoza y València, sin comprobarlas.
6 cosas másLas bonificaciones de ordenanza que no son de herencias; La reducción del valor del suelo que algunos ayuntamientos…
- Las bonificaciones de ordenanza que no son de herencias, como las de los terrenos con actividades declaradas de especial interés municipal.
- La reducción del valor del suelo que algunos ayuntamientos aplican durante unos años después de una revisión catastral.
- Las transmisiones parciales (una mitad, un usufructo) y los inmuebles comprados en varias fechas, que se calculan por partes.
- El tipo de los ayuntamientos de Navarra, que no están en las bases estatales: va el máximo de su ley, el 25 %, con sus coeficientes de 2026.
- Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, que regulan el impuesto con normas forales propias: la calculadora no tiene sus coeficientes y usa los de territorio común, así que la cifra solo da un orden de magnitud.
- Los municipios que no comunican su tipo al Ministerio de Hacienda: para ellos va el tipo máximo.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
Hay dos métodos y se paga por el que dé la base más baja. El objetivo multiplica el valor catastral del suelo por un coeficiente que depende de los años que has tenido el inmueble (0,09 con 12 años, como máximo). El real toma la diferencia entre el precio de venta y el de compra, en la parte que corresponde al suelo. A la base se le aplica el tipo del ayuntamiento, que no puede pasar del 30 %.
¿Cuánto se paga de plusvalía municipal en Madrid?
El tipo de Madrid en 2026 es el 29 %. Una vivienda con el valor catastral medio de la ciudad (119.798 €), vendida 12 años después de comprarla, paga como máximo 1.545 € con el método de los coeficientes, estimando que el suelo es el 49,4 % del valor catastral.
¿Se paga plusvalía municipal si vendo por menos de lo que me costó?
No. Si no hay ganancia entre la compra y la venta, la operación no está sujeta al impuesto, aunque hay que declararla y aportar las dos escrituras. Y si la ganancia es pequeña, puede salir más barato el método real: en el ejemplo, vendiendo solo 5.000 € por encima del precio de compra, la plusvalía baja de 1.545 € a 716,30 €.
¿Quién paga la plusvalía municipal, el que vende o el que compra?
En una compraventa la paga quien vende. En una herencia o una donación, quien recibe el inmueble.
¿Se paga plusvalía municipal en una herencia?
Sí, la paga quien hereda. Pero cada ayuntamiento puede bonificar hasta el 95 % de la cuota cuando heredan los hijos, el cónyuge o los padres. En Zaragoza, la vivienda habitual del fallecido con el valor medio de la ciudad, tenida 20 años, pagaría 4.246 € sin bonificación y paga 212,28 € con la del 95 %. En Navarra, las herencias entre padres, hijos y cónyuges están exentas.
¿Hay que pagar plusvalía en una donación de padres a hijos?
Sí, la paga el hijo que la recibe, y la ley no prevé para las donaciones la bonificación de las herencias. En Navarra, en cambio, las donaciones entre padres, hijos y cónyuges están exentas.
¿Se paga plusvalía en un divorcio?
No. La adjudicación de la vivienda a uno de los cónyuges o a los hijos por una sentencia de nulidad, separación o divorcio no está sujeta, sea cual sea el régimen económico del matrimonio. Cuando se venda después, los años se cuentan desde la adquisición anterior, no desde el divorcio.
¿Se paga plusvalía en una dación en pago?
No, si es la vivienda habitual y se cumple todo esto. Es tu vivienda habitual: llevas al menos dos años empadronado en ella, o desde que la compraste. Se entrega al banco o a otra entidad que da préstamos hipotecarios para cancelar la hipoteca, o se la queda en una ejecución hipotecaria. Ni tú ni nadie de tu unidad familiar tiene otros bienes con los que pagar toda la deuda. Vale también para la ejecución hipotecaria.
¿Cuánto tiempo hay para pagar la plusvalía municipal?
Hay que declararla al ayuntamiento en treinta días hábiles desde una venta o una donación, y en seis meses, prorrogables hasta un año desde un fallecimiento. En Navarra, dos meses entre vivos y seis meses, prorrogables hasta un año en las herencias.
¿Cómo se calcula la plusvalía si he tenido la vivienda menos de un año?
El coeficiente de menos de un año se reparte por los meses completos, sin contar los días sueltos. En el ejemplo de Madrid, con 4 meses, la cuota máxima sería de 858,11 €.
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Fuentes
Esta página cita 8 fuentes, cada una con el documento y la fecha:
- Dato oficial 8 fuentes oficiales
Las 8 fuentes, con sus notas BOE · Ayuntamiento de Zaragoza · Ajuntament de València · Ministerio de Hacienda y más
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), arts. 107 y 108, redacción vigente del 28-1-2026 al 30-11-2026 Los dos métodos, los coeficientes máximos vigentes y el tipo máximo.
- Dato oficialBOE, Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, art. 10: coeficientes máximos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana desde el 1-12-2026 Publicado el 7-10-2026 y pendiente de convalidación por el Congreso: si no se convalida, sigue la tabla vigente.
- Dato oficialBOE, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004), texto consolidado Quién paga, no sujeción en los divorcios y sin ganancia, exención de la dación en pago, prorrateo por meses, bonificación de las herencias y plazos.
- Dato oficialBOE, Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra, texto consolidado Navarra: coeficientes de 2026, tipo máximo, exenciones de las herencias y donaciones en familia y plazos.
- Dato oficialAyuntamiento de Zaragoza, Ordenanza fiscal n.º 9, del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (texto consolidado de 2026) Ejemplo de ordenanza: tipo y bonificación de las herencias en Zaragoza.
- Dato oficialAjuntament de València, Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (texto consolidado) Ejemplo de ordenanza: tipo y bonificación de las herencias en València.
- Dato oficialMinisterio de Hacienda, «Imposición local. Tipos de gravamen, índices y coeficientes», fichero de 2026 (7.391 municipios de régimen común) Tipo del impuesto en cada municipio de régimen común en 2026.
- Dato oficialDirección General del Catastro, estadísticas del catastro inmobiliario urbano por municipios, URBANA2026.xls (padrón de 2026, datos a 31-12-2025) Valor catastral medio de las viviendas de cada municipio y parte que es suelo.